BOLETÍN Nº 92 - 18 de julio de 2003

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tafalla

E D I C T O

En Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tafalla, a dieciséis de junio de dos mil tres.

Se hace saber: Que en este Juzgado se sigue divorcio contencioso, habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Sentencia número 168/2003. Tafalla, a doce de junio de dos mil tres. Vistos por el ilustrísimo señor don Antonio Sánchez Ibáñez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tafalla, los presentes autos de divorcio, seguidos bajo el número de referencia 0000082/2003, a instancia de don Antonio Asín Cortés, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Ortueta Condón, y asistido por el Letrado don Antonio Sánchez de Boado, contra doña Elida Frías Mateo, en situación procesal de rebeldía.

Fallo:

1.°) Que, estimando la demanda de divorcio contencioso interpuesta por don Antonio Asín Cortés, contra doña Elida Frías Mateo, debo declarar y declaro disuelto el matrimonio civil celebrado entre ambos, el día 2 de noviembre de 2001.

2.°) Se mantienen las medidas acordadas en la sentencia de separación de 3 de octubre de 2002, de manera que no se acuerda declarar derecho a pensión de ninguna clase a favor de los cónyuges y que el demandante quede en el uso de la vivienda conyugal.

3.°) Las costas causadas en esta litis se imponen a la parte demandada.

Una vez firme esta resolución, notifíquese de oficio al Registro Civil en que conste el matrimonio de los litigantes.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así lo acuerdo, mando y firmo".

Y para que sirva de notificación a Elida Frías Mateo, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Tafalla, a dieciséis de junio de dos mil tres. El Magistrado-Juez, firma ilegible.

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