BOLETÍN Nº 78 - 23 de junio de 2003

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Tafalla

E D I C T O

Don Alfonso Rivero Regidor, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Tafalla.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 63/1999, a instancia de Caja de Ahorros de Navarra, sustituida por Caja de Ahorros y Monto de Piedad de Navarra, contra don Angel Custodio Aceituno Sánchez, sobre ejecución de hipoteca, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, el bien que, con su precio de tasación se enumera a continuación:

BIEN QUE SE SACA A SUBASTA Y SU VALORACION

Casa situada en la calle Baja, número 33, de Miranda de Arga. Inscrita al tomo 915, folio 203, finca 1.620. Tipo de tasación de la finca hipotecada: 4.502.000 pesetas (27.057,56 euros).

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado, en Avenida Severino Fernández, número 52, el día 24 de julio de 2003, a las doce horas.

CONDICIONES DE LA SUBASTA

1. Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Identificarse de forma suficiente.

2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.º Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banesto (0030) sucursal de Pamplona 8025, número cuenta 000000000000, y añadir en concepto "3176-0000-05-006399" o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

5. Que la certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado y los bienes se sacan a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que los postores aceptan esta situación, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

6. No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas.

7. Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al día siguiente hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

En Tafalla, a tres de de junio de dos mil tres. El Secretario Judicial, Alfonso Rivero Regidor.

Código del anuncio: J3191255