BOLETÍN Nº 78 - 23 de junio de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 699/2003, de 9 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Aranguren, en parcela D del Sector Berroa (I6T), de Tajonar, promovido por Residencial Amaya, S.A.

El Ayuntamiento de Aranguren ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación señalada en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Aranguren, en parcela D del Sector Berroa (I6T), de Tajonar, promovido por Residencial Amaya, S.A., con la siguiente determinación:

_La superficie máxima construible en entreplanta en el edificio bajo modular son cinco mil cincuenta y dos metros cuadrados (5.052 m²).

2.º Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Aranguren, a Residencial Amaya, S.A. y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, nueve de mayo de dos mil tres._El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

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