BOLETÍN Nº 78 - 23 de junio de 2003

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social

E D I C T O

En la Unidad de Recaudación Ejecutiva 31/01 se instruye expediente administrativo de apremio contra los deudores don José Seoane Sueiro y doña Inmaculada Marín Jimeno, habiéndose dictado en fecha 5 de mayo de 2003 por el Recaudador Ejecutivo de dicha Unidad la diligencia de embargo que a continuación se transcribe:

"Diligencia de embargo de bienes inmuebles.

El Recaudador Ejecutivo de la Tesorería General de la Seguridad Social de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número Uno de Navarra.

Hace saber: Que en expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad a mi cargo contra don José Seoane Sueiro y doña Inmaculada Marín Jimeno, con N.I.F./C.I.F. 34716679L y 15850247G, con números de expediente 00/453.16 y 02/1203.44, fue dictada providencia de embargo.

En cumplimiento de dicha providencia declaro embargados los inmuebles pertenecientes a los deudores que a continuación se describen:

Plaza de garaje número 11 en la planta baja de un pabellón interior de la calle Lekoartea, de Berriozar, con acceso por los locales de las casas número 14 y 16 de dicha calle. Superficie útil de 29,78 metros cuadrados. Anejo le corresponde el cuarto trastero número 11 sito en entreplanta, superficie útil de 23,66 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Pamplona, finca 399, libro 5, tomo 3.393, folio 126.

Los inmuebles anteriormente descritos quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor de este expediente por sus débitos de R. General, R. Autónomos y R. General, período 07/01 a 12/01, 12/01 A 03/02 y 07/01 a 02/02, que importan las cantidades siguientes:

Principal: 3.492,86 euros.

Recargo: 1.189,10 euros.

Costas: 600,00 euros.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 29), según redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Al resultar infructuosas las gestiones realizadas para notificar a don José Seoane Sueiro y doña Inmaculada Marín Jimeno la citada diligencia, en calidad de deudores, y de conformidad con el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 24 de octubre de 1996) y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al destinatario para que comparezca por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue.

Transcurridos ocho días desde la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra sin personarse el interesado, se tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer.

Pamplona, veintiocho de mayo de dos mil tres. El Recaudador Ejecutivo, Pedro Alcalde Moreno.

Código del anuncio: E3170394