BOLETÍN Nº 78 - 23 de junio de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L O D O S A

Estudio de Detalle en la U.C.5. Aprobación Definitiva

El Ayuntamiento Pleno de este Municipio, en sesión celebrada el día veinte de mayo de 2003, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, con el quórum de la mayoría absoluta legal, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"1.º Aprobar definitivamente el citado "Estudio de Detalle en la UC-5 Lodosa (Navarra)", del Arquitecto don Jesús María Gil-Alias Madorrán, enero de 2003, visado el 27/01/2003, promovido por el Ayuntamiento de Lodosa, que tiene por objeto la determinación de alturas y alineaciones en planta baja y planta primera, del grupo de viviendas unifamiliares, existentes en la Calle Río Arga de Lodosa, de modo que la edificación en las esquinas de la calle responda a unas características comunes de diseño, homogeneizando la manzana a la tipología propia de la unidad, afectando a la Parcela 1020 (de don Raimundo Jiménez Jiménez) y a la Parcela 1031 (de doña María Carmen Morentin Bretón), ambas del Polígono 1, de conformidad con el artículo 119 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al haberse producido la aprobación inicial del expediente, antes de la entrada en vigor de la nueva Ley Foral.

2.º Publicar la aprobación definitiva en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, dando cuenta al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, del Gobierno de Navarra y trasladar este acuerdo a los propietarios particulares afectados.

3.º Este Acuerdo es firme en vía administrativa y contra él puede interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:

1._En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Si se presenta el recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2._En el plazo de un mes desde la notificación, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta el recurso de alzada, no se podrá interponer el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3._En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el Contencioso Administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio)."

Lodosa, a veintiuno de mayo de dos mil tres. El Alcalde, Jesús María García Antón.

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