BOLETÍN Nº 73 - 11 de junio de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Rectificación de acuerdo plenario de 20 de junio de 2002 relativo a la venta del solar de intendencia a la mercantil "El Corte Inglés" y constitución de servidumbre para la conexión subterránea entre el Solar de Intendencia y el Palacio de Congresos

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 28 de abril de 2003, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 28-ABR-03 (35/CU).

Visto el expediente relativo al denominado Solar de Intendencia, de acuerdo al ámbito y determinaciones del Plan Especial de Incidencia Supramunicipal de la U.O.3 aprobado por acuerdo del Gobierno de Navarra de 24 de marzo de 2003, y de conformidad con el informe jurídico obrante en el expediente, se acuerda:

1.º Rectificar el acuerdo de este Pleno de fecha 20 de junio de 2002, relativo a la venta del Solar de Intendencia a la mercantil "El Corte Inglés, S.A." en lo siguiente:

a) Declarar la alienabilidad de las parcelas a las que se refieren los apartados siguientes, por cuanto van a ser objeto de transmisión o gravamen.

b) Incorporar al objeto de venta las fincas siguientes:

_Urbana. Tramo de la calle García Ximénez colindante al solar de Intendencia, que se corresponde con la acera que da a dicha calle, tiene una superficie de 211,94 metros cuadrados y linda: por el Norte; solar de Intendencia; por el Sur y Este con resto de finca matriz, y por el Oeste con la calle Yanguas y Miranda.

_Urbana. Tramo de la calle Tudela I colindante al solar de Intendencia, que se corresponde con la acera que da a dicha calle, tiene una superficie de 160,22 metros cuadrados y linda: por el Norte con la calle Estella; por el Sur con la calle García Ximénez, por el Este, con resto de finca matriz, y por el Oeste, con solar de Intendencia.

_Urbana. Tramo de la calle Estella colindante al solar de Intendencia, que se corresponde con la acera que da a dicha calle, tiene una superficie de 211,62 metros cuadrados y linda: por el Norte y por el Este, con resto de la finca matriz; por el Sur, con el solar de Intendencia, y por el Oeste con la calle Yanguas y Miranda.

Se incorpora a este Acuerdo plano número 1 que refleja estas parcelas.

Esta enajenación se efectúa con reserva a favor del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de servidumbre de uso público en superficie de las parcelas anteriormente descritas y una servidumbre para el paso de infraestructuras con una profundidad de 0,60 metros.

c) Agrupar las siguientes fincas de propiedad municipal:

_Urbana. Parcela de forma rectangular que tiene una superficie de 778 metros cuadrados y que linda: por el Norte, con la calle Estella; por el Sur, con la calle García Ximénez; por el Este, con el solar de Intendencia y por el Oeste, con el vial que va desde la calle Padre Moret hasta la Plaza de la Paz que forma parte de la propia calle Yanguas y Miranda.

_Urbana. Tramo de la calle Yanguas y Miranda, tiene forma rectangular y es prolongación por el Norte del tramo de esta misma calle afecto al solar de Intendencia, tiene una superficie de 54,68 metros cuadrados y linda: por el Norte y Oeste con la calle Yanguas y Miranda; por el Sur con el indicado tramo ya segregado; y por el Este con la calle Estella.

_Urbana. Tramo de la calle Yanguas y Miranda, tiene forma rectangular y es prolongación por el Sur del tramo de esta misma calle afecto al solar de Intendencia, tiene una superficie de 54,68 metros cuadrados y linda: por el Norte; con el indicado tramo; por el Sur y por el Oeste con la calle Yanguas y Miranda; y por el Este con la calle García Ximénez.

Formando la siguiente finca:

_"Urbana. Parcela de forma rectangular de 887,36 metros cuadrados, que forma parte de la calle Yanguas y Miranda y que linda por el Norte, con la calle Yanguas y Miranda y con la calle Estella; por el Sur, con la calle Yanguas y Miranda y con la calle García Ximénez; por el Este, con la calle Estella, solar de Intendencia y calle García Ximénez; y por el Oeste, con el vial que va desde la calle Padre Moret hasta la Plaza de la Paz".

Se incorpora plano número 2 que grafia esta agrupación.

d) Ampliar el derecho de subedificación anejo al Solar de Intendencia a la finca que resulta por agrupación del número anterior. Para todo el derecho de subedificación, la distancia mínima entre la rasante de la urbanización en su punto más bajo y la cara superior de la protección del forjado o losa del techo será de 1,20 metros.

2.º Para resolver la necesaria conexión subterránea entre el Solar de Intendencia y el del Palacio de Congresos, ya prevista y condicionada en la enajenación del solar de Intendencia al "Corte Inglés, S.A." y en el Convenio de colaboración aprobado por el Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra para el Palacio de Congresos y Auditorio Cultural de Navarra, constituir servidumbre de paso en el subsuelo sobre la finca registral 27.022 del Tomo 661 de propiedad municipal, a favor de la parcela transmitida al Gobierno de Navarra para el Palacio de Congresos y Auditorio Cultural de Navarra y de la propiedad del "Corte Inglés, S.A." (Solar de Intendencia), en el lindero este de la misma y con una extensión superficial de aproximadamente 529,12 metros cuadrados, que parte de una rasante 7,65 metros y tiene una longitud aproximada de 44 metros medida a eje del citado paso, en la forma en la que aparece definida en el plano número 2 adjunto a este Acuerdo. En todo caso, la distancia mínima entre la rasante de la urbanización en su punto más bajo y la cara superior de la protección del forjado o losa del techo será de 1,20 metros.

3.º Dar cuenta al Gobierno de Navarra del presente acuerdo.

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Pamplona, dos de mayo de dos mil tres. La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

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