BOLETÍN Nº 73 - 11 de junio de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RECAUDACION EJECUTIVA. Notificaciónes de diligencia de embargo de bienes inmuebles.

No habiendo sido posible practicar la notificación de la diligencia de embargo de fecha 15 de noviembre de 2002, que se reproduce más adelante, por el motivo de que, intentada la misma a través del Servicio de Correos los días 18 de diciembre de 2002 y 8 de enero de 2003, se devuelve el documento con la anotación hecha por el personal de reparto de "se ausentó sin dejar señas", según queda todo ello acreditado en su correspondiente expediente, se procede a publicar el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Beriain, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

"Diligencia de embargo: Notificados al deudor, conforme a los preceptos del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, los débitos cuyo cobro se persigue en el expediente administrativo de apremio que se hará constar, sin que hayan sido satisfechos, en cumplimiento de la Providencia dictada en dicho expediente, declaro embargados los bienes inmuebles que a continuación se indican, por los débitos y conceptos que igualmente se expresan: a) Deudora: Doña Francisca Segura Ortega, con N.I.F./D.N.I. número 15787162 y domiciliada en Beriain (Navarra), calle Nueva 4-3.º A._b) Referencia: Expediente número 14.601/THH._c) Débitos: 976,74 euros, más otros 200 euros que provisionalmente se calculan para intereses y 750 euros para costas del procedimiento._d)Conceptos: IRPF 1997 (referencia 7918179-1)._e) Inmuebles que se embargan: Descripción: Registral: Unica: Finca número 7.661, al tomo 2.302, libro 97, folio 179, del Registro de la Propiedad de Aoiz. Rústica: Huerto, regadío e invisible al sitio de Pastoriza en jurisdicción de Sangüesa, de cuatro robadas o treinta y cinco áreas y noventa y cuatro centiáreas. Titularidad: Consta a nombre de don José Antonio Calso Montes, a título de compraventa, en cuanto a una mitad indivisa, y a doña Francisca Segura Ortega, a título de compraventa en cuanto a la otra mitad indivisa. Catastral: Regadío en Pastoriza, en Sangüesa. Parcela 127, Polígono 3, Subparcela A,; de 3.495 metros cuadrados. Del referido embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Comunidad Foral de Navarra. A tenor de lo dispuesto en el artículo 113.2 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, practíquese notificación de la anterior Diligencia a la deudora, terceros poseedores y acreedores hipotecarios; expídase, conforme al artículo 114.2 del mismo Reglamento, el oportuno Mandamiento al Señor Registrador y llévense a cabo las actuaciones necesarias y remisión, en su momento de este expediente al Consejero del Departamento de Economía y Hacienda para que sea autorizada la enajenación de los bienes embargados."

Advertencia: A tenor de lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, Foral Tributaria, se advierte al deudor de que comparezca, por sí o por medio de representante, en el expediente ejecutivo que se le sigue; transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias, hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer.

Recursos: Los actos de gestión recaudatoria podrán ser objeto de recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, ante el Servicio de Recaudación, o reclamación económico-administrativa en el mismo plazo ante el Tribunal Económico-Administrativo Foral.

Pamplona, veintinueve de abril de dos mil tres._El Jefe de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Javier Ezpeleta Iraizoz.

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