BOLETÍN Nº 73 - 11 de junio de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ACUERDO de 2 de junio de 2003, del Gobierno de Navarra, por el que se remite a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra el expediente administrativo relativo al recurso contencioso-administrativo número 394/03, interpuesto, por la Confederación General del Trabajo contra el Decreto Foral 29/2003, de 10 de febrero, por el que se regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra requiere la remisión del expediente administrativo relativo al recurso contencioso-administrativo número 394/03 interpuesto, por la Confederación General del Trabajo, contra el Decreto Foral 29/2003, de 10 de febrero, por el que se regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra.

El artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa establece que el expediente se reclamará al órgano autor de la disposición o acto impugnado que, en el presente caso, se trata de un Decreto Foral.

Igualmente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo citada requiere a esta Administración para que emplace a cuantos aparezcan como interesados en el citado expediente en la forma prevista en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, en cumplimiento del referido requerimiento,

ACUERDA:

1.º Remitir a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra el expediente administrativo relativo al recurso contencioso-administrativo número 394/03, interpuesto, por la Confederación General del Trabajo contra el Decreto Foral 29/2003, de 10 de febrero, por el que se regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra.

2.º Publicar este Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para conocimiento de los interesados, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en los autos, en el plazo de nueve días contados desde el siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

3.º Notificar este Acuerdo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y al Servicio de Asesoría Jurídica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, a los efectos oportunos.

Pamplona, dos de junio de dos mil tres._El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.

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