BOLETÍN Nº 7 - 15 de enero de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

H U A R T E

Aprobación tasas y precios públicos del Ayuntamiento de Huarte y Patronatos Municipales de Música y Deportes

El Ayuntamiento de Huarte en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2002, acordó:

1.º Aprobar los siguientes tipos impositivos para el Ayuntamiento de Huarte:

1. Fijar el tipo de gravamen de la contribución urbana en un 0,27%, sobre el valor catastral.

2. Mantener el tipo de gravamen de la contribución rústica en un 0,8% sobre el valor catastral.

3. Mantener el tipo impositivo del impuesto municipal del incremento del valor de los terrenos urbanos en un 12% y los porcentajes aplicados a cada año, los siguientes: hasta 5 años 2,2%, hasta 10 años 2,1% y hasta 20 años 2,0%.

4. Mantener el tipo de gravamen del impuesto municipal de viviendas desocupadas en un 0,132%.

5. Mantener el tipo de gravamen del impuesto municipal de construcciones y obras en un 5%.

6. Mantener el índice del impuesto de Actividades Económicas en un 1,10 para las actividades que se desarrollen en el casco urbano y un 1,25 para las actividades que se desarrollen en polígonos industriales o de servicios (ITAROA)

7. Fijar el tipo impositivo del impuesto de circulación, el mismo que apruebe la Ley foral.

Vigencia desde el 1 de enero de 2003.

2.º Aprobar las siguientes tasas y precios públicos para el Ayuntamiento de Huarte:

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICION Y TRAMITACION DE DOCUMENTOS

COPIAS

AÑO 2003

AÑO 2003

Fotocopias de documentos del Ayuntamiento

0,10

17

DIN A4

0,30

50

DIN A3

0,30

50

COMPULSA DE DOCUMENTOS

AÑO 2003

AÑO 2003

Por la 1.ª hoja de documentos

2,00

333

Por la 2.ª y sucesivas

0,50

83

Por casa año que haya que registrar para encontrar el documento del que se solicita la documentación a menos que se señale la fecha exacta del mismo

0,50

83

Por cada media hora de trabajo o fracción

11,00

1.830

FOTOCOPIAS

AÑO 2003

AÑO 2003

DIN A4

0,10

17

TRAMITACION DE TARJETAS DE ARMAS

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada tarjeta

22,50

3.744

TRAMITACION CONVOCATORIAS PERSONAL

AÑO 2003

AÑO 2003

Acceso niveles A y B por inscripción

11,90

1.980

Acceso al novel C por inscripción

6,20

1.032

Acceso a los niveles D y E

2,30

383

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE INSTALACIONES PROVISIONALES

AÑO 2003

AÑO 2003

Circos, teatros y locales de espectáculos por cada licencia

63,23

10.520

Caballitos, carruseles y otras instalaciones móviles

25,31

4.212

Otros

2,25

374

PRESUPUESTOS Y ORDENANZAS FISCALES

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada ejemplar

7,60

1.264

EMISION DE INFORMES PARA DESCALIFICACIONES DE VIVIENDA

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada informe

19,50

3.245

CERTIFICADOS DE CUALQUIER CLASE, CATASTRO, PADRON EMPADRONAMIENTOS, COPIAS DE LICENCIAS, COPIAS DE RECIBOS, ETC.

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada uno

1

166

Volantes

0

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y OTRAS ACTUACIONES URBANISTICAS

TRAMITACION DE PLANES PARCIALES O ESPECIALES DE ORDENACION

AÑO 2003

AÑO 2003

Las tasas correspondientes al trámite y resolución de cada expediente se liquidarán en función de la superficie del suelo comprendida en el respectivo plan

0,05

8

TRAMITACION DE MODIFICACIONES DE PLANES PARCIALES O ESPECIALES Y ESTUDIOS DE DETALLE

AÑO 2003

AÑO 2003

Las tarifas a aplicar serán el 50% del epígrafe anterior

0,02

4

TRAMITACION DE REPARCELACIONES

AÑO 2003

AÑO 2003

Las tasas por tramitación y resolución de cada expediente de reparcelación se liquidarán en función de la superficie o del volumen edificable que resulten del aprovechamiento total de conformidad con las siguientes tarifas

_Por cada m³ edificable

0,04

7

_Por cada m² edificable

0,14

23

TRAMITACION DE PROYECTOS DE URBANIZACION REALIZADOS POR LOS PETICIONARIOS

AÑO 2003

AÑO 2003

Las tasas se liquidarán en función de la cuantía del proyecto, aplicándose como tipo de gravamen

LICENCIAS OTORGADAS AL AMPARO DEL ART. 221 DE LA LEY DE ORDENACION DEL TERRITORIO Y URBANISMO

AÑO 2003

AÑO 2003

Licencias de parcelación: Las tasas por tramitación y resolución de cada licencia de parcelación se liquidarán en función de la superficie (s./m²)

0,03

5

Licencias de obras de derribo, construcción, reforma, instalaciones, tala de arbolado, instalación de rótulos y demás actos sometidos a licencia, las tasas se liquidarán en función de la cuantía del proyecto de conformidad, sobre el que se aplicará el siguiente tipo de gravamen

DERECHOS MINIMOS

AÑO 2003

AÑO 2003

Tramitación de planes parciales o especiales de ordenación

316,00

52.578

Tramitación de modificación de planes parciales o especiales y estudios de detalle

316,00

52.578

Parcelaciones

38,00

6.323

Reparcelaciones

316,00

52.578

Licencias de obras

63,00

10.482

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIA PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS E INOCUAS Y TRASPASOS DE ACTIVIDAD

LICENCIA DE ACTIVIDAD Y REVISION DE LA LICENCIA DE ACTIVIDAD

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada licencia otorgada

782,00

130.114

Por cada hora de trabajo extra

18,75

3.120

LICENCIA DE APERTURA: PRIMERA INSTALACION DE LA ACTIVIDAD, TRASLADO DE ACTIVIDAD, VARIACIONES DE ACTIVIDAD

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada licencia otorgada

_Para actividades inocuas

63,00

10.482

_Para actividades que requieran expediente de actividad s. metro cuadrado útil

0,65

108

_Mínimo

125,00

20.798

_Máximo

1.250,00

207.983

Por cada hora de trabajo extra

18,75

3.120

MODIFICACION DE LA LICENCIA DE APERTURA

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada modificación

31,25

5.200

Por cada modificación

31,25

5.200

TRANSMISION DE LA LICENCIA DE ACTIVIDAD

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada transmisión

62,55

10.407

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR INSPECCIONES PREVISTAS EN ORDENANZAS Y ACUERDOS MUNICIPALES

VISITAS DE INSPECCION EFECTUADAS EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y DEMAS ORDENANZAS Y ACUERDOS Y POR DAÑOS CAUSADOS EN EL PATRIMONIO MUNICIPAL:

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada visita de inspección

62,55

10.407

RECONOCIMIENTO DE EDIFICIOS EN CUANTO A SUS CONDICIONES DE SEGURIDAD E INSPECCION EN EXPEDIENTES DE RUINA

AÑO 2003

AÑO 2003

Inspección mínima 1,5 horas de trabajo de arquitecto o aparejador

62,55

10.407

Por cada hora de trabajo adicional

62,55

10.407

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACION DEL SERVICIO DE RETIRADA DE VEHICULOS DE LA VIA PUBLICA Y SUBSIGUIENTE CUSTODIA DE LOS MISMOS

CUANDO SE ACUDA A REALIZAR EL SERVICIO E INICIADOS LOS TRABAJOS NECESARIOS PARA EL TRASLADOS DEL VEHICULO A LAS DEPOSITOS MUNICIPALES, AUNQUE NO SE PUEDA CONSUMAR ESTE POR COMPARECER EL CONDUCTOR O PERSONA AUTORIZADA, SIEMPRE QUE NO SEA NOCTURNO O FESTIVO

AÑO 2003

AÑO 2003

Ciclomotores y bicicletas

15,65

2.604

Vehículos con peso máximo 3.500 Kg.

31,30

5.208

Vehículos con peso superior a 3.500 Kg.

53,20

8.852

CUANDO SE REALICE EL SERVICIO COMPLETO, TRASLADANDO EL VEHICULO INFRACTOR HASTA LOS DEPOSITOS MUNICIPALES, SIEMPRE QUE NO SEA NOCTURNO O FESTIVO

AÑO 2003

AÑO 2003

Ciclomotores y bicicletas

28,15

4.684

Vehículos con peso máximo 3.500 Kg.

53,15

8.843

Vehículos con peso superior a 3.500 Kg.

106,30

17.687

POR CAMBIO DE LADO DE ESTACIONAMIENTO DE LOS VEHICULOS EN LAS CALLES QUE TENGAN ESTABLECIDO PERIODO DE APARCAMIENTO ALTERNO

AÑO 2003

AÑO 2003

Ciclomotores y bicicletas

12,50

2.080

Vehículos con peso máximo 3.500 Kg.

24,50

4.076

Vehículos con peso superior a 3.500 Kg.

48,25

8.028

TRANSCURRIDAS 24 HORAS DESDE EL TRASLADO Y DEPOSITO DEL VEHICULO SIN QUE ESTE SEA RETIRADO, LA TARIFA POR CUSTODIA SERA POR CADA FRACCION O DIA

AÑO 2003

AÑO 2003

Ciclomotores y bicicletas

3,20

532

Vehículos con peso máximo 3.500 Kg.

5,25

874

Vehículos con peso superior a 3.500 Kg.

9,50

1.581

LAS TASAS PARA FESTIVO Y NOCTURO DE RETIRADA DE VEHICULOS SE INCREMENTARAN EN

AÑO 2003

AÑO 2003

Ciclomotores y bicicletas

30,00

521

Vehículos con peso máximo 3.500 Kg.

30,00

832

Vehículos con peso superior a 3.500 Kg.

30,00

1.561

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACION DE SERVICIOS DEL CEMENTERIO

INHUMACIONES, REINHUMACIONES Y DERECHOS DE ENTERRAMIENTOS

AÑO 2003

AÑO 2003

Panteones

82,00

13.644

En tierra

88,00

14.642

INHUMACIONES DE CENIZAS

AÑO 2003

AÑO 2003

En panteones

32,00

5.324

En tierra

35,00

5.824

En capillas

32,00

5.324

EXHUMACIONES

AÑO 2003

AÑO 2003

De cadáveres

58,50

9.734

De restos

35,00

5.824

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS SOBRE AUTOTAXIS

AÑO 2003

AÑO 2003

Concesión de licencias de autotaxi

3.615,00

601.485

Transmisión de licencias

3.130,00

520.788

Revisiones previas a la puesta en servicio de vehículos, revisiones ordinarias anuales y revisiones extraordinarias

190,00

31.613

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS, INDEMNIZACIONES Y FIANZAS POR APERTURAS DE ZANJAS EN TERRENOS DE USO PUBLICO Y CUALQUIER REMOCION DEL PAVIMENTO O ACERAS EN LA VIA PUBLICA

APERTURA DE ZANJAS

AÑO 2003

AÑO 2003

Si el ancho de la zanja es menor a un metro lineal por cada metro de longitud

14,20

2.363

Si el ancho de la zanja es mayor a un metro lineal por cada metro de longitud

14,50

2.412

Si con motivo de la apertura de la zanja es preciso el cierre del tráfico rodado, bien en su totalidad, bien con inutilizacion de una dirección o vía o espacio importante, se incrementarán en un 20%

CONSTRUCCION O SUPRESION DE PASOS DE VEHICULOS, BOCAS DE CARGA, VENTILACIONES, LUCERNAIORS, TOLVAS Y CUALQUIER REMOCION DEL PAVIMENTO O ACERAS

AÑO 2003

AÑO 2003

Por cada metro lineal en la mayor dimensión

14,20

2.363

INDEMNIZACIONES POR APERTURA DE ZANJAS

AÑO 2003

AÑO 2003

Si el ancho de la zanja es menor a un metro lineal por cada metro de longitud

18,75

3.120

Si el ancho de la zanja es mayors a un metro lineal por cada metro de longitud

31,25

5.200

FIANZAS POR APERTURA DE ZANJAS

AÑO 2003

AÑO 2003

Si el ancho de la zanja es menor a un metro lineal por cada metro de longitud

77,30

12.862

Si el ancho de la zanja es mayor a un metro lineal por cada metro de longitud

86,50

14.392

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR ENTRADA DE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VIA PARA CARGA O DESCARGA DE MERCANCIAS DE CUALQUIER CLASE

PASO DE VEHICULOS, GARAJES VINCULADOS A VIVIENDAS Y GARAJES PRIVADOS PARA VEHICULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES POR METRO LINEAL

AÑO 2003

AÑO 2003

Hasta 5 vehículos

43,00

7.155

Hasta 10 vehículos

72,00

11.980

Hasta 25 vehículos

120,00

19.966

Hasta 50 vehículos

180,00

29.949

Hasta 100 vehículos

215,00

35.773

Más de 100 vehículos

356,00

59.233

Talleres de reparación, lavado y engrase de coches en cualquiera de sus variantes, estaciones de gasolina y locales de exhibición por metro lineal

28,00

4.659

Tasas por estacionamiento de camiones en el aparcamiento de camiones, por mes (más el coste de la llave)

16,00

2.662

Para viviendas unifamiliares

36,50

6.073

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR APROVECHAMIENTO ESPECIALES DE VUELO SUELOS Y SUBSUELO DE LA VIA PUBLICA Y TERRENOS DEL COMUN

AÑO 2003

AÑO 2003

Kioscos de propiedad municipal

_Por ocupación

470,00

78.201

_Por cesión

157,00

26.123

Otros kioscos s. metro cuadrado año

53,00

8.818

Mesas sillas veladores por metro cuadrado año

2,00

333

Mercadillos, venta ambulante

2,00

333

Caravanas, bar, pesetas año

156,26

25.999

Otros aprovechamiento, andamios, contenedores, etc.

0

_Primer mes por metro cuadrado y día

0,24

40

_Segundo mes y siguientes por día

0,12

20

Aprovechamiento especiales del subsuelo, por año

0

_Tanque instalado

155,06

25.800

_Otros aprovechamiento

23,75

3.952

Aprovechamiento especiales del vuelo, metro cuadrado año

0,12

20

Ocupación de grúa para construcción, suelo y vuelo, al mes

150,00

24.958

Vallas publicitarias

240,40

39.999

Venta ambulante en fiestas por metro cuadrado y día

2,50

416

ORDENANZA REGULADORA DE LAS CONCESIONES EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL

PANTEONES

AÑO 2003

AÑO 2003

_Tramitación concesión panteonoes por cada panteón trasmitido

520,00

86.521

_Concesión de panteones triples sin construir por 50 años, con prórroga de 48

4.200,00

698.821

_Concesión de panteones triples construidos por 50 años, con prórroga de 49

6.260,00

1.041.576

SEPULTURAS EN TIERRA

AÑO 2003

AÑO 2003

_Mayores (única prórroga 10 años)

59,00

9.817

Párvulos (única prórroga 10 años)

59,00

9.817

COLUMBARIOS

AÑO 2003

AÑO 2003

_Concesión por 10 años

251,00

41.763

_Prórroga, 10 años

251,00

41.763

ALQUILERES KIOSCO Y FRONTON

ALQUILER KIOSCO VIEJO

AÑO 2003

AÑO 2003

_Por día, sin toldo

62,60

10.416

_Por día, con toldo

93,80

15.607

ALQUILER KIOSKO NUEVO

AÑO 2003

AÑO 2003

_Por día, sin toldo

156,50

26.039

_Por día, con toldo

312,75

52.037

FIANZA ALQUILER KIOSKO, UN DIA DE ALQUILER

El alquiler será único con independencia de las plataformas que se lleven, a este coste hay que añadir el de los empleados municipales en el montaje y desmontaje

Estarán exentas de estas tasas los grupos políticos y aquellos grupos culturales que actúen dentro del programa de actividades culturales de Huarte

ALQUILER DE FRONTON, PARA ACTIVIDADES NO DEPORTIVAS

AÑO 2003

AÑO 2003

_Por día

157,00

26.123

_Por día fianza para limpieza, rotura de cosas etc..

157,00

26.123

Estarán exentas de estas tasas los grupos culturales y asociaciones que figuren inscritos en el registro de asociaciones de Huarte y actúen dentro del programa de actividades culturales de huarte y los grupos políticos.

VENTA DE DIVERSOS ARTICULOS

VENTA DE PEGATINAS

AÑO 2003

AÑO 2003

_Pequeñas

0,80

133

_Grandes

1,50

250

VENTA DE PLANOS

AÑO 2003

AÑO 2003

_Planos callejeros

1,50

250

VENTA DE LAMINAS

AÑO 2003

AÑO 2003

_Laminas

30,00

4.992

VENTA DE LIBROS

AÑO 2003

AÑO 2003

_Uharte en le Camino de Santiago

3,00

499

_Las parroquias de Huarte, historia y Huarte

9,00

1.497

_Encuesta toponímica

5,00

832

_Encuesta etnógrafica de la Villa de Uharte

6,00

998

_Colección encuesta etnógrafica (2 volúmenes)

9,00

1.497

Vigencia desde el 1 de enero de 2003.

3.ª Aprobar las siguientes tasas y precios públicos para el Patronato de Música, para el curso 2002/2003.

Matrícula:

_Precio público por matrícula: 6.000 pesetas/36,00 euros.

Precio público por matrícula por cada asignatura: 1.800 pesetas/10,82 euros.

Descuento por familia numerosa: 50% del precio por matrícula.3.000 pesetas/18,03 euros.

Cuotas:

Para aquellos alumnos residentes en Huarte que cursen estudios LOGSE:

Cuota mensual desde octubre de 2002 a junio de 2003, ambos inclusive, por asignatura 2.600 pesetas/15,63 euros.

Descuentos en las cuotas:

1.º Alumnos inscritos en tres asignaturas, 25% sobre la cuota correspondiente.

2.º Alumnos con un hermano matriculado en la Escuela: 15% sobre la cuota correspondiente.

3.º Alumnos con dos hermanos matriculados en la Escuela: 25% sobre la cuota correspondiente.

Nota: El descuento número1 no se acumula a los número 2 y 3.

Para aquellos alumnos residentes en localidades de Esteribar que cursen estudios LOGSE:

Cuota mensual desde octubre de 2002 a junio del 2003, ambos inclusive, 14.675 pesetas/88,20 euros.

Para aquellos alumnos no residentes en Huarte, ni en Esteríbar, que cursen estudios LOGSE:

Cuota mensual desde octubre de 2002 a junio del 2003, ambos inclusive, 20.960 pesetas/125,97 euros.

4.º Aprobar las tasas y precios públicos del Patronato Municipal de Deportes, que entrarán en vigor una vez puesta en marcha las instalaciones de piscina cubierta.

VECINOS NO VECINOS

ENTRADA CUOTA MES ENTRADA CUOTA MES

Ptas. Euros Ptas. Euros Ptas. Euros Ptas. Euros

INF. 2P 0,00 0,00 0,00 0,00

INF. 1P 3.261 19,60 411 2,47 4.566 27,44 576 3,46

INFANTIL 5.436 32,67 685 4,12 7.610 45,74 959 5,76

JUVENIL 9.059 54,45 1.142 6,86 12.683 76,23 1.599 9,61

ADULTO 15.099 90,75 1.904 11,44 21.139 127,05 2.665 16,02

PENSIONISTA 5.436 32,67 685 4,12 7.610 45,74 959 5,76

.Servicios extras abonados:

_Saunas: 166 pesetas; 1,00 euros por sesión.

_Muscul.: 2.700 pesetas; 16,23 euros trimestral.

.Abono completo (Piscinas, saunas, fitness):

Incremento de 3,61 euros (600 pesetas) al mes por acceso a todas las instalaciones, es obligatorio apuntarse a esta opción todo un año

ACTIVIDADES DEPORTIVAS 2002/03

ABONADO NO ABONADO NO VECINO

Pesetas Euros Pesetas Euros Pesetas Euros

INFANTIL 3.795 22,81 4.744 28,51 5.693 34,22

ADULTOS 8.827 53,05 12.358 74,27 15.888 95,49

JUBILADOS 3.795 22,81 4.744 28,51 5.693 34,22

ACTIVIDADES DEPORTIVAS 2003/04

ABONADO NO ABONADO NO VECINO

Pesetas Euros Pesetas Euros Pesetas Euros

INFANTIL 3.947 23,72 4.934 29,65 5.921 35,58

ADULTOS 9.180 55,17 12.852 77,24 16.524 99,31

JUBILADOS 3.947 23,72 4.934 29,65 5.921 35,58

NATACION INVIERNO 2003/04

Cursillos de 20 sesiones

ABONADO NO ABONADO NO VECINO

Pesetas Euros Pesetas Euros Pesetas Euros

INFANTIL 5.866 35,26 7.333 44,07 8.799 52,88

ADULTOS 6.930 41,65 9.702 58,31 12.474 74,97

JUBILADOS 5.866 35,26 7.333 44,07 8.799 52,88

Actividades acuáticas (aguaerobic.) mayores 16 años

ABONADO NO ABONADO NO VECINO

Pesetas Euros Pesetas Euros Pesetas Euros

PRECIO UNICO 12.320 74,04 17.248 103,66 22.176 133,28

Cursillo natación verano

ABONADO NO ABONADO NO VECINO

Pesetas Euros Pesetas Euros Pesetas Euros

INFANTIL 3.094 18,60 3.868 23,24 4.641 27,89

ADULTOS 3.919 23,55 5.487 32,98 7.054 42,40

PENSIONISTA 3.094 18,60 3.868 23,24 4.641 27,89

Piscinas - Polideportivo, entrada diaria

VERANO INVIERNO

LABORABLES FESTIVOS LABORABLES FESTIVOS

Ptas. Euros Ptas. Euros Ptas. Euros Ptas. Euros

INFANTIL 400 2,40 480 2,88 480 2,88 576 3,46

JUVENIL 700 4,21 840 5,05 840 5,05 1.008 6,06

ADULTO 900 5,41 1.080 6,49 1.080 6,49 1.296 7,79

PENSIONISTA 400 2,40 480 2,88 480 2,88 576 3,46

PESETAS EUROS

INFANTIL 6.169 37,08

JUVENIL 10.282 61,79

ADULTO 17.136 102,99

PENSIONISTA 6.169 37,08

Alquiler de instalaciones 1 hora

Mantener el precio del alquiler de las instalaciones, excepto para el alquiler salas colectivos ajenos.

Pesetas/día Euros/día Pesetas/hora Euros/hora

SALA MULTIUSOS (1) 50.000 300,51 4.167 25,04

SALAS 2 Y 3 30.000 180,30 2.500 15,03

SALA 4 20.000 120,20 1.667 10,02

Los precios se refieren a la utilización sala/día, pudiéndose establecer a criterio del Patronato de deportes un ajuste proporcional para utilizaciones inferiores a las señaladas.

Alquiler calle piscina cubierta (Colectivos).

Uso calle/hora 15,00 euros (2.496 pesetas).

5.º Publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Huarte, veinte de diciembre de dos mil dos. El Alcalde, José Iriguibel López.

Código del anuncio: A0213851