BOLETÍN Nº 7 - 15 de enero de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

E S T E L L A

Modificación del Reglamento del Servicio Público de Autotaxis en Estella

Habiéndose aprobado definitivamente la modificación del artículo 4 del Reglamento del Servicio Público de Autotaxis en Estella, por el transcurso del plazo de exposición pública (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 118, de 30 de septiembre de 2002), sin que se presentara alegación ni reclamación alguna, mediante el presente anuncio, se procede a publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, el texto íntegro del artículo 4, tal y como queda redactado tras la modificación:

"Artículo 4: La capacidad máxima del vehículo no será superior a seis plazas y conductor. En el caso de vehículos adaptados para el transporte de minusválidos, la capacidad máxima del vehículo no será superior a ocho plazas y conductor, debiendo como mínimo, estar adaptadas para minusválidos dos de las plazas."

Estella, a siete de noviembre de dos mil dos. La Alcaldesa, Josefina Bozal Bozal.

Código del anuncio: A0212393