BOLETÍN Nº 61 - 16 de mayo de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Resoluciones

RESOLUCION 427/2003, de 17 marzo, del Director General de Interior, por la que se acuerda la publicación provisional del escalafón del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

El artículo 18.2 del Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo, por el que aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra establece que "el escalafón se publicará en los tablones de anuncios del Servicios de la Policía Foral en el primer trimestre de cada año".

El escalafón es una relación de todos los funcionarios del Cuerpo de la Policía Foral, ordenada jerárquicamente y clasificada en función de los criterios establecidos en el artículo 17.1 del referido Decreto Foral 57/2002, y la finalidad de su publicación radica en el necesario conocimiento que deben tener los miembros del Cuerpo de la Policía Foral de su situación personal ante la provisión de vacantes.

La extensión de la información contenida en el escalafón en su estado actual de elaboración hace difícil su plasmación en papel y su consulta a través de este medio de divulgación. Ello no obstante, conviene su conocimiento a fin de que pueda corregirse o completarse la información contenida en el mismo, en particular en lo relativo a los cursos de interés realizados, por los propios interesados.

La información incluida en el escalafón elaborado con un carácter provisional se encuentra contenida en una base de datos informatizada siendo posible el acceso a la misma por medios informáticos y telemáticos para facilitar su comprobación.

En consecuencia con ello, y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas por Orden Foral 204/1999, de 13 de octubre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior,

HE RESUELTO:

1.º Editar en soporte informático el escalafón provisional de la Policía Foral de Navarra, facilitando el acceso para consulta a la base de datos a través de medios telemáticos en todas las oficinas de gestión de las diferentes secciones en las que se organiza el Cuerpo de la Policía Foral y en los lugares habilitados como biblioteca.

2.º Los interesados podrán realizar durante el plazo de un mes las alegaciones peticiones de rectificación que estimen oportunas, justificando documentalmente cuantos datos desean incluir en su propio interés, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Interior, Avenida Carlos III, 2 bajo, que deberán presentar en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, número 2 bajo, o en cualquiera de los registros habilitados por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.º Notificar la presente Resolución al Jefe de la Policía Foral, a los responsables de las distintas unidades orgánicas de la Policía Foral y a las Centrales Sindicales representativas del personal con implantación en la Policía Foral.

4.º Ordenar su publicación en los tablones de anuncios de las dependencias de la Policía Foral de Navarra y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, diecisiete de marzo de dos mil tres._El Director General de Interior, Alfredo González Echarren.

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