BOLETÍN Nº 61 - 16 de mayo de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 154/2003, de 2 de abril, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se conceden las subvenciones correspondientes al periodo enero-agosto de 2003 en favor de las Entidades Locales cabeceras de concentraciones escolares de Navarra, como ayuda para la financiación de los gastos de funcionamiento de dichos centros.

Tal como indica la disposición adicional decimoséptima de la LOGSE, así como la posterior modificación de su párrafo segundo, por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, artículo 168, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la conservación, mantenimiento y vigilancia de los colegios públicos de educación infantil, Primaria, y primer ciclo de E.S.O., correrá a cargo de los corporaciones locales titulares de los colegios respectivos.

La finalidad de las subvenciones que se aprueban en la presente Orden Foral es resarcir a las Corporaciones Locales titulares de Colegios Públicos de Educación Primaria concentraciones escolares del gasto ocasionado por el alumnado concentrado en los mismos.

El Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio de este Departamento presenta un informe en el que se propone la concesión de las subvenciones correspondientes al periodo enero-agosto de 2003 a las Entidades Locales de Navarra en cuyos términos se ubican colegios públicos concentraciones con objeto de ayudar a la financiación de los gastos ordinarios de funcionamiento de dichos centros y cuya obligación recoge la Disposición Adicional Decimoséptima de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Autorizar un gasto de 437.463,65 euros en concepto de subvenciones para el periodo enero-agosto de 2003 a las Entidades Locales de Navarra cabeceras de concentración relacionadas en el Anexo, con el fin de ayudar a la financiación de los gastos de funcionamiento de estas concentraciones, y ordenar el abono de dicho gasto.

2.º Interesar del Departamento de Economía y Hacienda la extensión de los libramientos oportunos, con cargo a la partida 41610-4600-422200 "Subvenciones para el funcionamiento de concentraciones escolares" del presupuesto de 2002 prorrogado para 2003.

3.º Las subvenciones aprobadas lo son para los gastos de funcionamiento, mantenimiento y vigilancia de las concentraciones escolares por el uso de las mismas, en las actividades de la enseñanza reglada en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, por los alumnos y alumnas procedentes de otras localidades diferentes a aquélla que es titular de la concentración escolar y en la que se encuentran escolarizados por norma.

4.º Ordenar la publicación de la presente Orden Foral y Anexo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.º Trasladar la presente Orden Foral y Anexo a las Entidades Locales interesadas, al Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, Sección de Centros y de su Financiación, y Negociados de Gestión Económica y Financiación de Centros Públicos, a los efectos oportunos.

Pamplona, dos de abril de dos mil tres._El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

A N E X O

P3132500D ANSOAIN 128 _ 24.377,60

P3101900C AOIZ 50 _ 9.522,50

P3102300E ARANGUREN (MUTILVA BAJA) 89 _ 16.950,05

P3102900B LOS ARCOS 30 11 7.808,45

P3104500H BARASOAIN 45 _ 8.570,25

P3104900J BASABURUA (JAUNTSARATS) 41 _ 7.808,45

P3105000H BAZTAN (ELIZONDO) 80 _ 15.236,00

P3190590D BERIAIN 54 _ 10.284,30

P3190300H BERRIOZAR 90 _ 17.140,50

P3105500G BETELU 28 8 6.856,20

P3106700B CASCANTE 17 _ 3.237,65

P3122100E DONEZTEBE/SANTESTEBAN 123 _ 23.425,35

P3109600A ESTELLA 283 _ 53.897,35

P3108300I ETXARRI ARANATZ 61 _ 11.617,45

P3111400B GARRALDA 63 _ 11.998,35

P3111600G GOIZUETA 2 _ 380,90

P3112100G HUARTE 52 _ 9.903,40

P3190400F IRURTZUN 135 30 31.424,25

P3155300A LEKUNBERRI 52 4 10.665,20

P3115800I LUMBIER 9 _ 1.714,05

P3108700J NOAIN-VALLE DE ELORZ 36 _ 6.856,20

P3118500B OCHAGAVIA 18 _ 3.428,10

P3118900D OLAZTI/OLAZAGUTIA 6 _ 1.142,70

P3119100J OLITE 6 6 2.285,40

P3190800G ORCOYEN 67 _ 12.760,15

P3120600F PUENTE LA REINA 106 _ 20.187,70

P3121000H RONCAL 49 _ 9.332,05

P3121600E SANGÜESA 39 _ 7.427,55

P3122700B TAFALLA 22 _ 4.189,90

P3123600C ULTZAMA (LARRAINTZAR) 139 _ 26.472,55

P3125100B VIANA 12 _ 2.285,40

P3125800G VILLAVA 155 _ 29.519,75

P3190700I ZIZUR MAYOR 106 _ 20.187,70

P3109700I ESTERIBAR 45 _ 8.570,25

TOTALES 2.238 59 437.463,65

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