BOLETÍN Nº 61 - 16 de mayo de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 36/2003, de 27 de marzo, de la Consejera de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se modifican los precios por prestación de servicios de control metrológico.

Por Orden Foral 128/1999, de 10 de junio, del Consejero de Industria, Comercio Turismo y Trabajo, se estableció la ordenación del Control Metrológico del Estado en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. En esa orden se designaba a Cetenasa como Laboratorio oficial para ejecutar las fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.

En el Anexo II de la citada orden se indican las cantidades a percibir por Cetenasa por los servicios que preste en materia de control metrológico, cantidades que fueron modificadas por Orden Foral 11/2002 de 17 de enero.

En la actualidad, es necesario proceder al ajuste de los precios establecidos en la Orden Foral 11/2002, ya que, en el tiempo transcurrido, han aumentado los costes reales de los ensayos y gestiones efectuados por Cetenasa en materia de control metrológico.

En su virtud,

ORDENO:

Artículo 1. Aprobar los precios exigibles por Cetenasa por la prestación de los servicios de control metrológico encomendados por Orden Foral 128/1999, de 10 de junio, que quedarán establecidos según la clasificación y cuantías siguientes:

ANEXO II

1._Precios exigibles por la empresa Cetenasa por los servicios de verificación periódica o verificación después de reparación o modificación.

a) Manómetros de uso público para neumáticos de automóviles, ya sean manuales o electrónicos: 20,07 euros.

b) Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

b.1) Hasta 50 kilogramos de alcance máximo: 33,28 euros.

b.2) Desde 51 kilogramos hasta 500 kilogramos: 102,96 euros.

b.3) Desde 501 kilogramos hasta 3.500 kilogramos: 174,72 euros.

b.4) Desde 3501 kilogramos hasta 20.000 kilogramos: 501,28 euros.

b.5) Desde 20.001 kilogramos hasta 40.000 kilogramos: 717,60 euros.

b.6) Más de 40.000 kilogramos: 902,72 euros.

c) Registradores de temperatura en el transporte de productos ultracongelados para el consumo humano: 132,08 euros.

d) Contadores taquicronométricos denominados taxímetros: 26,73 euros.

e) Sistemas de medida de líquidos distintos del agua destinados al suministro de carburantes y combustibles líquidos. Cada manguera: 23,40 euros.

f) Contadores eléctricos de inducción, energía activa clase 2: 26,00 euros.

g) Otros equipos de medida sometidos a control metrológico reglamentario.

Para todos los equipos de medida que por sus características, (necesidad de pruebas especiales, número de unidades en el mercado, tamaño, etc.) requieran la intervención de laboratorios ajenos a CETENASA, se aplicará como tarifa el coste de los ensayos más la cantidad de 17,99 euros. por gastos de gestión. El presupuesto de los ensayos en laboratorios ajenos será comunicado previamente al solicitante y aprobado expresamente por éste.

2._Ensayos de aparatos y sistemas no sujetos a control metrológico en las fases de verificación periódica y de después de reparación o modificación.

a) Contadores de gas G4 e inferiores: 22,00 euros.

b) Contadores de agua y contrastación de manómetros: Las tarifas se calcularán según lo dispuesto en el apartado g) de este anexo.

3._Tasa a recaudar por Cetenasa en concepto de inscripción en el Registro Oficial de cada servicio efectuado.

Cetenasa aplicará y cobrará una tasa por importe de 1,50 euros por cada inscripción de servicio realizada en el Registro Oficial e ingresará esa cantidad en la cuenta del Gobierno de Navarra que se indique.

Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente en su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Contra la presente Orden Foral cabe interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

La presente Orden Foral se notificará a Centros Tecnológicos de Navarra, S.A. (Cetenasa), Polígono Industrial de Elorz, s/n. 31110 Noáin, a los efectos oportunos.

Pamplona, veintisiete de marzo de dos mil tres._La Consejera de Industria y Tecnología, Comercio Turismo y Trabajo, Nuria Iturriagagoitia Ripoll.

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