BOLETÍN Nº 38 - 28 de marzo de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA. Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 24 de octubre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-3507, interpuesto por don Joaquín Ibáñez Ilundáin, contra acuerdo de la expresada Corporación, sobre anulación de tarjeta de residente de la zona de Estacionamiento limitado y restringido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-3507

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de octubre de dos mil dos.

Por recibido informe emitido por el Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona en relación con el recurso de alzada interpuesto por don Joaquín Ibáñez Ilundáin contra acuerdo de la expresada Corporación sobre anulación de tarjeta de residente de la zona de estacionamiento limitado y restringido.

Procédase a poner de manifiesto el expediente y demás actuaciones al recurrente, dándole traslado del informe emitido, a fin de que, si lo estima oportuno en orden a la mejor defensa de sus pretendidos derechos, proponga la realización de las diligencias de prueba que considere adecuadas para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos que hayan de tenerse en cuenta para dictar la resolución.

Dicha proposición deberá realizarse en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Providencia.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 16.1.a) del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, en la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra; certifico".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 15 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4515, interpuesto por don Julio Arribas Iriarte, contra resolución sancionadora del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre denegación de tarjeta de residente de la zona de estacionamiento limitado y restringido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4515.

En la ciudad de Pamplona, a quince de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Julio Arribas Iriarte, contra resolución sancionadora del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre denegación de tarjeta de residente de la zona de estacionamiento limitado y restringido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Resolución o acuerdo que se recurre.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación a don José Miguel Arteaga Larrumbe, en nombre y representación de don Gabriel Iriarte Martiarena la Providencia de este Tribunal, de fecha 8 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-3381, interpuesto por doña Elena Biurrun Echarte, contra acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de fecha 2 de julio de 2002, sobre informe desfavorable para licencia de primera utilización de vivienda unifamiliar, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-3381.

En la ciudad de Pamplona, a ocho de noviembre de dos mil dos.

Por recibido escrito formulado por don José Miguel Arteaga Larrumbe, en nombre y representación de don Gabriel Iriarte Martiarena, mediante el que solicita se le tenga por comparecido como tercero interesado, en el recurso de alzada número 02-3381, interpuesto por doña Elena Biurrun Echarte, contra acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de fecha 2 de julio de 2002, sobre informe desfavorable para licencia de primera utilización de vivienda unifamiliar.

Dese traslado del recurso a don José Miguel Arteaga Larrumbe para que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, formule alegaciones y presente los documentos y justificantes que estime procedentes, pudiendo, así mismo, proponer diligencias de prueba.

Durante el expresado plazo, podrá consultar el expediente administrativo en la Secretaría de este Tribunal.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 15 de octubre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4031, interpuesto por don José Ortiz Acosta, contra resolución sancionadora del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre sanción por estacionar sin tique o tarjeta de residente en vigor, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4031

En la ciudad de Pamplona, a quince de octubre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don José Ortiz Acosta, contra resolución sancionadora del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre sanción por estacionar sin tique o tarjeta de residente en vigor.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Resolución o acuerdo que se recurre (expediente municipal número 11181).

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1. del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, en la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra; de que certifico".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4364, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 152/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4364.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 152/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4363, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 18/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4363.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 18/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4362, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 14/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4362.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 14/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4361, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 12/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4361.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 12/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4360, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 158/PC), sobre sanción por admitir más público que el determinado como aforo de un local, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4360.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 158/PC), sobre sanción por admitir más público que el determinado como aforo de un local.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4357, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 163/PC), sobre sanción por admitir más público que el determinado como aforo de un local, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4357.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 163/PC), sobre sanción por admitir más público que el determinado como aforo de un local.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4356, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 15/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4356.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 15/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4355, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 13/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4355.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 13/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4354, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 16/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4354.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 16/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4353, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 153/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4353.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 153/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4352, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 156/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4352.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 156/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4351, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 157/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4351.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 157/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4350, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 17/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4350.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de mayo de 2002 (expediente municipal número 17/PC), sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4358, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 164/PC), sobre sanción por admitir más público que el determinado como aforo de un local, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4358.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 164/PC), sobre sanción por admitir más público que el determinado como aforo de un local.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 7 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4359, interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 165/PC), sobre sanción por admitir más público que el determinado como aforo de un local, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4359.

En la ciudad de Pamplona, a siete de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Just Jaume Gual Zaldáin, en nombre y representación de Gualas & Zaldáins, S.L.L., contra resolución del Concejal Delegado de P.C. del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de septiembre de 2002, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de dicho Concejal Delegado de fecha 17 de junio de 2002 (expediente municipal número 165/PC), sobre sanción por admitir más público que el determinado como aforo de un local.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 1446 de este Tribunal, de fecha 24 de octubre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-3258, interpuesto por doña María Dolores Eugui Baraibar, contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Barañáin de fecha 6 de junio de 2002, (expediente municipal número 343/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 1446.

Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

Vocales: Don Javier Repáraz Martínez de Azagra y don Gabriel Casajús Gavari.

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de octubre de dos mil dos.

Visto el expediente del recurso de alzada número 02-3258, interpuesto por doña María Dolores Eugui Baraibar, contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Barañáin de fecha 6 de junio de 2002, (expediente municipal número 343/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido.

Antecedentes de Hecho:

1.º El recurrente propuso la práctica de diligencias de instrucción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1.a) del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Fundamentos de Derecho:.

Unico._A tenor de lo dispuesto en el artículo 16.1 del referido Decreto Foral, "A instancia de parte, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá acordar la apertura de un período de prueba, por plazo no superior a treinta días hábiles ni inferior a diez, a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes.(...)".

Por lo expuesto, el Tribunal,

Acuerda:

Primero._Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Barañáin.

Segundo._No haber lugar a la práctica de la prueba testifical propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Roberto Rubio. Javier Repáraz. Gabriel Casajús. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 1445 de este Tribunal, de fecha 24 de octubre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-2625, interpuesto por don Julián Olloqui Orduña, contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 21 de diciembre de 2001, (expediente municipal número 821363/01), sobre sanción por estacionar por espacio de tiempo superior al señalado en el tique, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 1445.

Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

Vocales: Don Javier Repáraz Martínez de Azagra y don Gabriel Casajús Gavari.

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de octubre de dos mil dos.

Visto el expediente del recurso de alzada número 02-2625, interpuesto por don Julián Olloqui Orduña, contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 21 de diciembre de 2001, (expediente municipal número 821363/01), sobre sanción por estacionar por espacio de tiempo superior al señalado en el tique.

Antecedentes de Hecho:

1.º El recurrente propuso la práctica de diligencias de instrucción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1.a) del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Fundamentos de Derecho:.

Unico._A tenor de lo dispuesto en el artículo 16.1 del referido Decreto Foral, "A instancia de parte, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá acordar la apertura de un período de prueba, por plazo no superior a treinta días hábiles ni inferior a diez, a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes.(...)".

Por lo expuesto, el Tribunal,

Acuerda:

Primero._Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica de la prueba testifical propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Roberto Rubio. Javier Repáraz. Gabriel Casajús. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 1444 de este Tribunal, de fecha 24 de octubre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-2623, interpuesto por don José María de Luis Beorlegui, contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 21 de diciembre de 2001, (expediente municipal número 39240/01), sobre sanción por estacionar sin tarjeta de residente habilitante en vigor, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 1444.

Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

Vocales: Don Javier Repáraz Martínez de Azagra y don Gabriel Casajús Gavari.

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de octubre de dos mil dos.

Visto el expediente del recurso de alzada número 02-2623, interpuesto por don José María de Luis Beorlegui, contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 21 de diciembre de 2001, (expediente municipal número 39240/01), sobre sanción por estacionar sin tarjeta de residente habilitante en vigor.

Antecedentes de Hecho:

1.º El recurrente propuso la práctica de diligencias de instrucción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1.a) del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Fundamentos de Derecho:.

Unico._A tenor de lo dispuesto en el artículo 16.1 del referido Decreto Foral, "A instancia de parte, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá acordar la apertura de un período de prueba, por plazo no superior a treinta días hábiles ni inferior a diez, a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes.(...)".

Por lo expuesto, el Tribunal,

Acuerda:

Primero._Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Segundo._No haber lugar a la práctica de la prueba testifical propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Roberto Rubio. Javier Repáraz. Gabriel Casajús. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria.".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 25 de noviembre de 2002, dictada en el recurso de alzada número 02-4694, interpuesto por don Miguel Angel Nubla Aguinaga, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Garaje Polígono 18 (Monasterio de Vadoluengo 2 y 4, y Sancho el Fuerte 26), contra resolución del Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de 18 de septiembre de 2002 (20/UV), desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución del mencionado Concejal de 12 de agosto de 2002 (32/UV), sobre requerimiento para presentar expediente de revisión de actividad de garaje, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

R.A. número 02-4694

En la ciudad de Pamplona, a veinticinco de noviembre de dos mil dos.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Miguel Angel Nubla Aguinaga, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Garaje Polígono 18 (Monasterio de Vadoluengo 2 y 4, y Sancho el Fuerte 26)", contra resolución del Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de 18 de septiembre de 2002 (20/UV), desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución del mencionado Concejal de 12 de agosto de 2002 (32/UV) sobre requerimiento para presentar expediente de revisión de actividad de garaje.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

_Acuerdo de la Comunidad de Propietarios recurrente en el sentido de interponer el presente recurso de alzada.

_Documentación que acredite la representación que don Miguel Angel Nubla Aguinaga se atribuye de la Comunidad recurrente (según consta, la Presidenta es doña Micaela Aguinaga Goldaracena).

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, en la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra; certifico".

Pamplona, catorce de enero de dos mil tres. La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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