BOLETÍN Nº 32 - 14 de marzo de 2003

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Tres Navarra

Cédula de notificación

Doña Lourdes García Ruiz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 692/2002 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Francisco Javier Baluja López y Juan Carlos Cumbicos Vélez, contra la empresa César de la Cruz Sánchez y Encofrados y Construcciones Irati, S.L., sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 10 de enero de 2003 que contiene la siguiente parte dispositiva:

"Que estimando la demanda de despido deducida por don Francisco Javier Baluja López y don Juan Carlos Cumbicos Vélez, frente a la empresa Encofrados y Construcciones Irati, S.L. y don César de la Cruz Sánchez, debo declarar y declaro improcedente el despido de los demandantes producido con efectos del 5 de noviembre de 2002, condenando solidariamente a los codemandados a estar y pasar por la anterior declaración y a que readmita a los trabajadores en iguales condiciones a las que regían con anterioridad al despido o les indemnice con la suma de 681,90 euros (s.e.u.o.) en el caso de don Francisco Javier Baluja López, y con la suma de 425,14 euros (s.e.u.o) en el caso de codemandante don Juan Carlos Cumbicos Vélez, condenando a dichos demandados solidariamente así mismo para el caso de readmisión a que abonen a los demandantes los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la presente sentencia a razón de 45,56 euros al día y 37,79 euros al día, respectivamente.

Se hace saber a la empresa que la opción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social, dentro del plazo de cinco días, desde la notificación de la sentencia que declara el despido improcedente, sin esperar a la firmeza de la misma, si fuera la de instancia, y, a su vez, que en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o indemnización, se entiende que procede la primera.

Contra esta sentencia, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o de su representante en el momento de la notificación puediendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante el Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, cuenta 3160-0000-65-0692, en la sucursal del Banco Grupo Banesto de la calle Cortes de Navarra, 5, de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3160-0000-67-0692-02, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá de procederse al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que le sirva de notificación en legal forma a César De La Cruz Sánchez y Encofrados y Construcciones Irati, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a veintisiete de febrero de dos mil tres. La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

Código del anuncio: J3060900