III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
U R R O T Z
Tipos de gravamen para 2003
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Foral 2/95, de Haciendas Locales de Navarra, el Ayuntamiento de Urrotz, en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2002, adoptó el siguiente acuerdo:
1._El tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial urbana se fijará una vez aprobada la revisión de la ponencia de valoración del catastro de urbana.
2._Fijar en el 0,17% el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial rústica.
3._Fijar en el 2% el tipo de gravamen del impuesto sobre instalaciones, construcciones y obras.
4._Aplicar el índice 1 a las tarifas del impuesto sobre actividades económicas.
5._Respecto al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicar los porcentajes máximos establecidos en el articulo 175 y 176 de la Ley Foral 2/95, esto es, el 20%
Este acuerdo entrara en vigor el día 1 de enero de 2003.
Contra dicho acuerdo se puede interponer alguno de los siguientes recursos:
Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, desde la notificación del mismo.
Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación.
Previa, en su caso, interposición de recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes.
Urrotz, a diecinueve de diciembre de dos mil dos. La Alcaldesa, firma ilegible.
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