BOLETÍN Nº 28 - 5 de marzo de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A R T I C A

Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas del frontón de Artica

El Concejo de Artica, en sesión celebrada el día 14 de enero de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.

En el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 123, de fecha 11 de octubre de 2002, se publicó anuncio sobre la aprobación inicial de modificación inicial de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas del frontón de Artica.

Finalizado el período de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos u observaciones ha quedado aprobada definitivamente, conforme establece el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, y se procede a publicar íntegramente su texto.

Artica, a veinticuatro de enero de dos mil tres. La Presidenta, Susana García Cámara.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS DEL FRONTON DE ARTICA

La modalidad que se puede practicar es la de paleta goma y frontones.

No obstante el Concejo puede autorizar otros usos, siempre y cuando no suponga el deterioro o modificación de las instalaciones.

Se utilizará el frontón por horas, debiendo abandonarse la cancha al final de ese período para dar opción a jugar a los siguientes jugadores.

Queda prohibido el uso de patines, monopatines y bicicletas, así como la entrada de animales en el recinto.

Concejil

Durante las fiestas patronales de la localidad, el Concejo se reserva el uso exclusivo de la cancha durante el viernes, sábado y domingo de fiestas.

Usuarios

Se entiende como vecinos, a todos los residentes en Artica empadronados o no, de igual manera que son considerados como vecinos los nacidos en Artica pero no residentes en la misma.

Reserva de horas

1._Podrá reservarse la cancha para un tiempo máximo de un mes natural.

1.1. Se podrán hacer las reservas en los días finales del mes anterior, siendo días de reserva para los vecinos del 20 al 25 de cada mes, considerando último día del plazo el 25 a las veinte horas, en ese momento y en el mismo frontón se establecerá el horario de acuerdo a dichas reservas.

Si hubiera coincidencia en la reserva de una misma hora, ésta se adjudicará por sorteo.

1.2. Seguidamente podrán efectuar la reserva las personas no vecinas del pueblo en las horas que queden libres.

Horario del frontón

De lunes a viernes: De 8,00 a 22,00.

El sábado y domingo: De 9,00 a 21,00.

Reserva

La reserva de hora se hará con una antelación mínima de 24 horas y será obligatorio presentar el D.N.I. u otro documento legal a la hora de recoger las llaves o efectuar dichas reservas.

Personal del frontón

La jornada laboral del personal contratado se especificará en contrato redactado al efecto.

Tarifas por hora

Fichas de luz: 3 euros.

Alquiler de cancha a vecinos: 3 euros.

Vecinos con gente de fuera, cancha: 6 euros.

Ducha opcional: 2,4 euros.

Alquiler a no vecinos: 12 euros.

Para los no vecinos que utilicen las canchas dos horas seguidas se les cobrará un precio especial de 20 euros (luz no incluida).

Para los vecinos que utilicen la cancha 2 horas seguidas se les cobrará un precio especial de 4 euros (luz no incluida).

Instalaciones y sanciones

Se entenderá como acto de defraudación el hecho de usar la cancha sin autorización y será sancionado con 30,05 euros de multa.

El Concejo puede dejar de autorizar el uso de la cancha a las personas que por su comportamiento suponga menoscabo de las normas indicadas por el Concejo, así como causen daño a las instalaciones.

Las personas que causen daño en las instalaciones serán responsables de los mismos.

Asimismo se considerará acto de defraudación el hecho de actuar de mala fe al efectuar las reservas con una categoría que no corresponde y será sancionado con 30,05 euros de multa.

Código del anuncio: A0301347