BOLETÍN Nº 25 - 26 de febrero de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Autoridades y Personal

RESOLUCION de 27 de enero de 2003, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas de carácter restringido para los empleados fijos encuadrados en los niveles o grupos B, C, D y E, de una relación de aspirantes Técnicos Superiores de Organización, al objeto de facilitar su formación y perfeccionamiento profesional, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y organismos autónomos dependientes de la misma (excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea).

Por Resolución de 27 de enero de 2003, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para constituir, mediante pruebas selectivas de carácter restringido para los empleados fijos encuadrados en los niveles o grupos B, C, D y E, de una relación de aspirantes Técnicos Superiores de Organización, al objeto de facilitar su formación y perfeccionamiento profesional, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y organismos autónomos dependientes de la misma (excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea), con arreglo a las siguientes:

B A S E S

1.ª Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección de carácter restringido para los empleados fijos encuadrados en los niveles o grupos B, C, D y E, una relación de aspirantes Técnicos Superiores de Organización, al objeto de facilitar su formación y perfeccionamiento profesional, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y organismos autónomos dependientes de la misma (excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 apartado 6 del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, por el que, en desarrollo parcial del artículo 24.2 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, se facilita la formación y el perfeccionamiento profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

2.ª Los aspirantes que resulten seleccionados podrán ser llamados a desempeñar temporalmente funciones de Técnico Superior de Organización dentro de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea), siendo declarados en situación de servicios especiales en su puesto de trabajo. Los empleados declarados en esta situación conservarán los derechos de su puesto de trabajo originario y su reingreso automático al terminar la situación; computarán, a efectos de antigüedad, el tiempo de servicios prestados dentro de su categoría originaria de procedencia; no experimentará variación alguna el régimen de previsión social a que estén sujetos, continuando con el mismo que tengan en su plaza de origen; no podrán desempeñar Jefatura o Dirección de Unidad Orgánica alguna; continuarán percibiendo sus anteriores retribuciones y además, tendrán derecho a percibir las cantidades necesarias para equiparar la retribución correspondiente al puesto de trabajo del que sean titulares a la del que estén desempeñando en la situación de servicios especiales, excluyéndose las correspondientes al grado, antigüedad y ayuda familiar, que no experimentarán variación alguna, todo ello de conformidad con el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, mencionado anteriormente.

La diferencia retributiva a que se refiere el apartado anterior remunera el desempeño de las funciones encomendadas temporalmente al empleado y, en consecuencia, dejará de percibirse automáticamente al cesar en el mismo, sin que en ningún caso constituya derecho adquirido ni devengue derechos pasivos.

La percepción de dichas diferencias retributivas supone, así mismo, la prohibición del ejercicio profesional del título correspondiente al puesto de trabajo desempeñado en situación de servicios especiales.

El desempeño de funciones de categoría distinta a la plaza de origen no dará derecho a la ocupación de la misma a título definitivo, si no es a través de los procedimientos legales de concurso, oposición o concurso-oposición.

3.ª Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, hallarse encuadrados en los niveles o grupos B, C, D o E y, tener completados un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo.

Se exceptúan de la presente convocatoria los empleados adscritos al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y el personal docente adscrito al Departamento de Educación y Cultura.

b) Estar en posesión del título universitario de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o titulaciones oficialmente declaradas como equivalentes, o resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

Dichos requisitos deberán además, reunirse en el momento de los correspondientes llamamientos.

4.ª Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habrán de ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo I, que será facilitado en la Oficina de Información del Gobierno de Navarra, Avenida Carlos III, 2, vestíbulo.

5.ª El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

6.ª Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Relaciones Laborales de la Dirección General de Función Pública del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior hará pública, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes admitidos y excluidos. Se fijará en la misma la fecha y el lugar de celebración de las pruebas selectivas, las cuales se llevarán a cabo, a partir de la primera quincena del mes de abril de 2003 (en fecha a determinarse).

7.ª El Tribunal que realizará el proceso de selección estará formado por los siguientes miembros:

Presidente: Don Sebastián Hualde Tapia, Director del Servicio de Organización y Planificación de la Información del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Suplente: Doña Julia Bermejo Parra, Directora del Servicio de Atención de Sistemas Sanitarios del Departamento de Presidencia Justicia e Interior.

Vocal: Don Ignacio Aquerreta Cangas, Jefe de la Sección de Organización y Calidad del Servicio de Organización y Planificación de la Información del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Suplente: Don José Antonio Garbayo Sánchez, Jefe de la Sección del Area Secundaria de Salud del Servicio de Atención de Sistemas Sanitarios del Departamento de Presidencia Justicia e Interior.

Vocal: Don Andrés Valentín González, Técnico Superior de Organización, adscrito a la Sección de Organización y Calidad del Servicio de Organización y Planificación de la Información del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Suplente: Doña Pilar Cabodevilla Górriz, Directora del Servicio de Centro Soporte y Tecnología de la Información del Departamento de Presidencia Justicia e Interior.

Vocal: Un representante del personal, a designar por las organizaciones sindicales presentes en las comisiones paritarias de ámbito general.

Suplente: Un representante del personal, a designar por las organizaciones sindicales presentes en las comisiones paritarias de ámbito general.

Vocal-Secretario: Don Alberto Ecay Pagoto, Jefe de la Sección de Atención al Ciudadano y Gestión del Conocimiento del Servicio de Organización y Planificación de la Información del Departamento de Presidencia Justicia e Interior.

Suplente: Doña Elisa Guallart Domench, Jefa de la Sección de Planificación de la Información y Proyectos del Servicio de Organización y Planificación de la Información del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

8.ª La selección se llevará a cabo mediante la realización de las siguientes pruebas:

a) Primer ejercicio (de carácter teórico-práctico): consistente en desarrollar y resolver las diferentes cuestiones y supuestos específicos que el Tribunal proponga, relativas al temario que figura como Anexo II de esta convocatoria.

La duración máxima de este ejercicio será establecida por el Tribunal antes del comienzo del mismo, no pudiendo superar las 4 horas.

b) Segundo ejercicio (de carácter práctico): consistente en el análisis de un caso organizativo, la redacción de su planteamiento y solución posible.

La duración máxima de este ejercicio será establecida por el Tribunal antes del comienzo del mismo, no pudiendo superar las 4 horas.

c) Tercer ejercicio: Entrevista personal de adecuación al puesto de trabajo._El Tribunal Calificador, mantendrá una entrevista con cada uno de los aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio. Dicha entrevista podrá versar sobre cualesquiera materias relacionadas con el contenido y funciones del puesto de trabajo a desempeñar.

Los aspirantes deberán acudir a las pruebas provistos del Documento Nacional de Identidad.

9.ª La valoración de los ejercicios será la siguiente:

_El primer ejercicio (de carácter teórico-práctico) se valorará hasta un máximo de 30 puntos y quedarán eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, 15 puntos.

_El segundo ejercicio (de carácter teórico-práctico) se valorará hasta un máximo de 60 puntos y quedarán eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, 30 puntos.

_El tercer ejercicio (entrevista personal) se valorará hasta un máximo de 10 puntos y no tendrá carácter eliminatorio.

10. La relación de aspirantes aprobados se hará pública en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, por orden de puntuación total obtenida.

11. Los aspirantes seleccionados podrán ser llamados de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea).

El llamamiento se realizará conforme a lo establecido en los apartados 5.º y 6.º de la Resolución de 2 de junio de 1997, del Director General de Función Pública, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 72, de 17 de junio de 1997; dictada en desarrollo y ejecución del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

12. Las dudas o incidencias que pudieran suscitarse por la aplicación o interpretación de la normas establecidas por esta convocatoria serán resueltas por el Tribunal.

13. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma, podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Contra el Acuerdo resolutorio del recurso de alzada procederá recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de dicha Ley 29/1998, de 13 de julio.

Pamplona, veintisiete de enero de dos mil tres._El Director General de Función Pública, Ignacio Bandrés Urriza.

ANEXO I

Modelo de instancia

Solicitud para participar en la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas de carácter restringido para los empleados fijos encuadrados en los niveles o grupos B, C, D y E, de una relación de aspirantes Técnicos Superiores de Organización, al objeto de facilitar su formación y perfeccionamiento profesional, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y organismos autónomos dependientes de la misma (excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea), publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........., de fecha ........... de ............ 2003.

1) Datos personales:

_Apellidos y Nombre

_Fecha y Lugar de nacimiento

_D.N.I.

_Domicilio

_Teléfono particular

_Teléfono de trabajo

2) Datos Administrativos:

a) Régimen administrativo:

f Funcionario.

f Estatutario.

f Contratado laboral fijo.

(Márquese con una X la casilla correspondiente).

b) Administración Pública a la que se encuentra adscrito:

f Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

f Instituto Navarro de Bienestar Social.

f Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

f Instituto Navarro de Administración Pública (I.N.A.P.).

f Instituto Navarro de Salud Laboral.

f Instituto Navarro de la Mujer.

f Estación de Viticultura y Enología de Navarra (E.V.E.N.A.).

f Servicio Navarro de Empleo.

f Hacienda Tributaria de Navarra.

(Márquese con una X la casilla correspondiente).

c) Destino actual:

_Departamento de pertenencia (o adscripción, caso de tratarse de un organismo autónomo)

_Servicio de

_Sección de

_Negociado de

_Unidad, centro o dependencia (en su caso)

d) Nivel o grupo de encuadramiento

e) Puesto de trabajo que desempeña en la actualidad

3) Solicitud formal:

a) Que está en posesión de la siguiente Titulación Académica:

Se acompaña el correspondiente título o resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición.

b) Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas.

Por lo expuesto:

SOLICITA:

Se sirva admitir la presente instancia y en su virtud ser admitido a la convocatoria citada; anunciada al amparo de lo dispuesto en el artículo 2.º, apartado 6.º del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, por el que, en desarrollo parcial del artículo 24.2 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, se facilita la formación y el perfeccionamiento profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

En ............................, a ...... de ............... de 2003.

(Firma)

ANEXO II

Temario

1._Papel, funciones y orientaciones para unidades de consultoría interna en la Administración Pública.

2._Fundamentos de Organización.

3._Reingeniería (mejora) de servicios y procesos en la Administración Pública.

4._Nuevas estrategias de comunicación/ interacción/ contacto con la ciudadanía. La administración en línea.

5._La Gestión del Conocimiento en la Administración Pública.

6._La Gestión de la Calidad Total en la Administración Pública.

7._Sistemas de Información.

Nota: Cara a la preparación de las pruebas por parte de la Dirección General de Organización y Sistemas de Información (Sección de Atención al Ciudadano y Gestión del Conocimiento del Servicio de Organización y Planificación de Información), se facilitará a los aspirantes la documentación necesaria para su preparación.

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