BOLETÍN Nº 23 - 21 de febrero de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 14/2003, de 28 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, de modificación de funciones, creación y supresión de Negociados en el Servicio de Patrimonio.

Las nuevas necesidades puestas de manifiesto en el Servicio de Patrimonio hacen precisa la modificación de determinadas funciones atribuidas a alguno de los Negociados, así como la creación y supresión de otros.

En su virtud, en uso de la habilitación conferida por el artículo 50.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo 1.º El Negociado de Arquitectura y Conservación, adscrito a la Sección de Gestión del Patrimonio, ejercerá las siguientes funciones:

a) La supervisión de proyectos, la dirección y el control del gasto de las obras que se ejecuten en cumplimiento de los planes de política de inmuebles de la Administración de la Comunidad Foral, así como de las que se ejecuten para Departamentos que no dispongan de personal cualificado y para el Departamento de Economía y Hacienda.

b) La conservación de edificios e instalaciones adscritas a esos mismos Departamentos, en actuaciones que por su naturaleza requieran proyecto y dirección de obras y asistencia técnica en materia de uso, adecuación y conservación.

c) El asesoramiento técnico al Departamento de Economía y Hacienda en la gestión del patrimonio inmobiliario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

d) El asesoramiento técnico a otros Departamentos en materia de proyectos y obras, así como la supervisión de aquellas contrataciones que, según Acuerdo de Gobierno de fecha 10 de junio de 1996, requieran autorización previa del Servicio de Patrimonio.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean asignadas.

Artículo 2.º El Negociado de Bienes Inmuebles, adscrito a la Sección de Gestión del Patrimonio, ejercerá las siguientes funciones:

a) El estudio, tasación y análisis de las operaciones relativas a bienes inmuebles.

b) La valoración de bienes inmuebles y derechos de la Comunidad Foral.

c) El seguimiento de los expedientes urbanísticos que afecten a bienes o derechos de la Comunidad Foral.

d) El seguimiento de operaciones sobre bienes inmuebles de titularidad propia, control y actualización de alquileres, adscripciones y cesiones.

e) La preparación técnica de la inscripción de bienes en los registros públicos.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean asignadas.

Artículo 3.º El Negociado de Inventario General, adscrito a la Sección de Gestión del Patrimonio, ejercerá las siguientes funciones:

a) La confección y actualización del Inventario General de los bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Foral.

b) La instrucción, formalización y ejecución de los expedientes de recuperación y deslinde de bienes inmuebles propiedad de la Comunidad Foral.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean asignadas.

Artículo 4.º El Negociado de Adquisiciones, adscrito a la Sección de Contratación y Seguros, ejercerá las siguientes funciones:

a) La tramitación de los expedientes de contratación en materia de suministros cuya adjudicación sea competencia del Departamento de Economía y Hacienda.

b) La implantación y gestión de prestaciones y servicios centralizados.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean asignadas.

Artículo 5.º El Negociado de Aprovisionamiento, adscrito a la Sección de Contratación y Seguros, ejercerá las siguientes funciones:

a) El ejercicio de las atribuciones que, en cada caso, se le asignen en materia de aprovisionamiento de material de oficina y papelería, adquiriéndolo, administrándolo y suministrándolo a los Departamentos.

b) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean asignadas.

Artículo 6.º Se crea el Negociado de Asistencia Jurídica, que se adscribe a la Sección de Contratación y Seguros, y que ejercerá las siguientes funciones:

a) Las labores apoyo jurídico a la Secretaría de la Junta de Contratación Administrativa.

b) El asesoramiento jurídico en los expedientes de contratación que se tramiten por el Servicio de Patrimonio.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean asignadas.

Artículo 7.º El Negociado de Asistencia Administrativa, que se adscribe a la Sección de Asuntos Económicos y Régimen Administrativo, ejercerá las siguientes funciones:

a) La preparación administrativa y seguimiento de los expedientes que se tramiten en el Servicio de Patrimonio, excepto los de aprobación y pago de los gastos.

b) La ordenación administrativa de la Sección.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean asignadas.

Artículo 8.º Se crea el Negociado de Asuntos Económicos, que se adscribe a la Sección de Asuntos Económicos y Régimen Administrativo, y que ejercerá las siguientes funciones:

a) Preparación administrativa y seguimiento de los expedientes de aprobación y pago de los gastos generados en el Servicio de Patrimonio.

b) Control del presupuesto del Servicio de Patrimonio.

c) Contabilización general y presupuestaria del Servicio de Patrimonio.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean asignadas.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Foral y, en particular, la Orden Foral 237/1999, de 2 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, de modificación de funciones, creación y supresión de Negociados en el Servicio de Patrimonio.

DISPOSICIONES FINALES

Primera._El Departamento de Economía y Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias pertinentes en orden a la habilitación de los créditos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Orden Foral.

Segunda._Esta Orden Foral entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintiocho de enero de dos mil tres._El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes.

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