BOLETÍN Nº 23 - 21 de febrero de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

B A R A S O A I N

Aprobación Inicial de expediente de Contribuciones Especiales para la ejecución de las obras de reforma de la red de caminos agrícolas de Barásoain

El Pleno de la Comisión Gestora del M.I. Ayuntamiento de la Villa de Barásoain, en sesión ordinaria de fecha diecinueve de diciembre de 2002, y con el quórum legalmente establecido, ha adoptado el siguiente acuerdo:

1.º Aprobar con carácter inicial el siguiente expediente para la imposición y ordenación de Contribuciones Especiales:

1._Objeto: Obras de reforma de la red de caminos agrícolas de Barásoain.

2._Sujetos pasivos: Propietarios de las parcelas rústicas que afrontan con los caminos objeto de actuación, incluidas dentro de la zona especialmente beneficiada por las obras.

3._Zona especialmente beneficiada: Todas las parcelas que tienen acceso directo desde los caminos incluidos en el proyecto de ejecución.

4._Base Imponible: el 50% del coste total de las obras cuya financiación corresponde al Ayuntamiento de Barásoain, incluyendo honorarios por redacción de proyecto y dirección técnica de las obras. La previsión inicial para la base imponible es de 85.330,84 euros.

De acuerdo con lo dispuesto en la vigente Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, esta cantidad tiene el carácter de mera previsión a efectos del cálculo, y en su caso será objeto de las correspondientes correcciones una vez ejecutadas las obras y conocido el coste real de las mismas.

5._Criterios de reparto: El importe de las contribuciones a aplicar se establecerá en un 50% según la superficie de parcela, y en el otro 50% a partir del valor catastral de la misma.

6._En lo no previsto en el presente acuerdo será de aplicación para la tramitación y gestión de este expediente la Ordenanza Fiscal General, la Ordenanza de Contribuciones Especiales y la vigente Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

2.º Aprobar la relación de contribuyentes que figura en el expediente, así como las cuotas individuales resultantes de aplicar a la base imponible los criterios de reparto establecidos sobre la totalidad de las fincas de cada uno de los contribuyentes.

3.º Someter el presente acuerdo a exposición pública durante un periodo de treinta días desde la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los interesados en el expediente puedan formular las alegaciones al mismo que consideren procedentes y al objeto de que los afectados puedan constituirse en Asociación Administrativa de Contribuyentes conforme a lo previsto en lo artículos 119 y 120 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

4.º Una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado reclamaciones, el acuerdo se elevará a definitivo sin necesidad de declaración expresa, procediéndose en este caso a la publicación del acuerdo definitivo conforme a lo dispuesto en la legislación vigente y notificándose a los contribuyentes incluidos en la relación las cuotas individuales asignadas.

Barásoain, veinte de diciembre de dos mil dos. El Alcalde, Carlos Izuriaga Eslava.

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