BOLETÍN Nº 16 - 5 de febrero de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

U J U E

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples

El Ayuntamiento de Ujué, en sesión de fecha 20 de enero de 2003, aprobó la convocatoria para la provisión de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples con arreglo a las siguientes bases:

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición, de un puesto de trabajo de Empleado de Servicios Múltiples, con carácter laboral.

1.2. Los aspirantes aprobados que no obtengan plaza formarán una lista de espera, por orden de puntuación, para futuras contrataciones temporales.

1.3. El nombramiento conferirá a los designados a todos los efectos, el carácter de empleado laboral fijo y será afiliado, en su caso, y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, sin perjuicio del período de prueba previsto en la Legislación laboral.

1.4. El puesto de trabajo está encuadrado en el nivel D y estará dotado con las remuneraciones correspondientes a dicho nivel, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 251/93, del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.5. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el término municipal de Ujué.

1.6. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2._Funciones.

2.1. El aspirante designado está obligado a desempeñar las siguientes funciones:

a) Funciones de apoyo a Secretaría.

_Practicará las notificaciones de los acuerdos del Ayuntamiento y resoluciones de Alcaldía, en forma reglamentaria.

_Practicará las notificaciones de las convocatorias a los señores Concejales y cualesquiera otras personas con motivo de reuniones relacionadas con el Ayuntamiento.

_Procederá al reparto de papeletas de aviso de pago de contribuciones o de cualquier otro impuesto o tasa, así como de otras notificaciones a los vecinos.

_Acompañará dentro de la jurisdicción de Ujué a aquellas personas que en ejercicio de su función, relacionada con el Ayuntamiento lo precisen, tales como funcionarios del Gobierno de Navarra, personal de Tracasa, Mancomunidad de Aguas, Arquitectos, etc., y en general a cualquier persona que lo precise en el ejercicio de funciones relacionadas con el Ayuntamiento.

_Se pondrá en contacto, bien en el Ayuntamiento o en el domicilio del señor Alcalde, los días y horas que éste estime conveniente al objeto de recibir las instrucciones oportunas.

_Podrá encomendársele el desempeño de cualesquiera otras funciones que sean congruentes con la naturaleza del cargo.

b) Funciones y obligaciones como encargado de infraestructuras:

_Vigilará y controlará la cloración de las aguas de abastecimiento cortando el suministro y reponiendo el mismo cuando sea preciso.

_Vigilará en general las redes y procederá a la reparación de pequeñas averías cuando por la importancia de las averías sea preciso ocupar a otras personas en apertura y cierre de zanjas.

_Limpieza de calles.

_Vigilará e inspeccionará el estado de las demás infraestructuras (plazas, calles, etc.) y procederá a la reparación de las pequeñas deficiencias, dando cuenta de todo ello a la Alcaldía. Así mismo, dará cuenta del estado de las infraestructuras cuando precisen reparaciones de mayor importancia.

_Procederá a cortar el césped y a mantener el estado de limpieza de los parques y jardines públicos en la forma que se determine.

_Realizará los trabajos propios de enterrador o relacionados con el mismo, así como limpieza del Cementerio.

_Y en general cualquier otra función relacionada con las infraestructuras del Ayuntamiento que sean congruentes con la naturaleza del cargo.

c) Funciones y obligaciones de vigilancia e inspección:

Inspeccionará, vigilará y dará parte en la forma que se determine de los siguientes hechos:

_Obras que se realicen en suelo urbano o rústico, comprobando si existe licencia para las misma, y si se excede o no la licencia otorgada en su caso.

_Vertidos incontrolados y depósitos de basuras incontroladas, tomando nota de los datos que sean posibles de las personas o vehículos que pueda sorprender realizando depósitos no permitidos.

_Acampadas que se realicen por espacio de más de 24 horas.

_Mal estacionamiento de vehículos.

_Realizará cualesquiera otras tareas de vigilancia e inspección que se sean encomendadas por la Alcaldía, y sean congruentes con la naturaleza del cargo.

d) y en general cuantas funciones y tareas sean encomendadas por el Ayuntamiento dentro de su nivel y categoría.

3._Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitido a la presente oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que determine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española y ser mayor de edad.

b) Hallarse en posesión del certificado de estudios primarios o equivalente.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Estar en posesión del carnet de conducir B1.

3.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga el puesto de trabajo, en el plazo y forma previsto en la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos, durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

4._Instancias.

4.1. Las instancias deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y hasta las trece horas del último día hábil, o del siguiente que lo sea.

Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

A dicha instancia acompañarán fotocopia compulsada del D.N.I., fotocopia compulsada del permiso de circulación B1, fotocopia compulsada del título exigido en la base tercera punto b, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención y justificante de haber abonado la cantidad de 15 euros en concepto de derechos de examen.

4.2. Las personas con minusvalías deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen. Así mismo, deberán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

4.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

5._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

6._Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Angel Remón San Martín, Alcalde Ayuntamiento. Suplente: Doña María Jesús Zoroza, Alcaldesa en funciones del Ayuntamiento de Ujué.

Secretaria: Doña Eva Mainz Petroch, Secretaria del Ayuntamiento de Ujué. Suplente: El Secretario del Ayuntamiento de Olite.

Vocales: Don Pedro Lázaro Viloche, profesor de la escuela laboral de Tafalla. Suplente: Don Joaquín Flamarique Casanova.

Vocal: Don Eduardo Burgui, Concejal del Ayuntamiento de Ujué. Suplente: Doña Loli Sola, Concejal del Ayuntamiento de Ujué.

Vocal: Don Ignacio Ayesa, Concejal del Ayuntamiento de Ujué. Suplente: Don José Juan Sara, Concejal del Ayuntamiento de Ujué.

El Tribunal deberá constituirse antes del inicio de las pruebas selectivas.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquellas.

7._Desarrollo de la oposición.

7.1. La oposición se desarrollará en una fase y dará comienzo una vez transcurridos dos meses desde la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8._Fase oposición.

8.1. La oposición consistirá en los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Constará de tres pruebas sobre:

a) Matemáticas: Resolución de problemas de matemáticas de nivel básico.

Para la realización de esta prueba no se podrá utilizar máquina calculadora.

b) Ortografía: Para la realización de esta prueba no se podrá hacer uso de diccionario.

c) Contestación por escrito a varios supuestos o cuestiones relacionados con el funcionamiento del Ayuntamiento y sus instalaciones, conocimiento de Ujué y su término.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de pruebas de carácter práctico relacionadas con el puesto de trabajo a desarrollar, como jardinería, fontanería, albañilería, soldadura, electricidad, alumbrado y cementerio.

Tercer ejercicio: Entrevista personal con el Tribunal calificador.

8.2. La valoración de los ejercicios se hará del siguiente modo:

Primer ejercicio:

Matemáticas: Se calificará de 0 a 6 puntos.

Ortografía: Se calificará de 0 a 6 puntos.

Preguntas relacionadas con el Ayuntamiento y Ujué. Se calificará de 0 a 8 puntos.

Para superar el primer ejercicio será necesario alcanzar un mínimo de 10 puntos en el conjunto de las tres pruebas. Será eliminado el aspirante que sea calificado con un cero en cualquiera de las tres pruebas.

Segundo ejercicio:

Se valorará por el Tribunal la aptitud que los aspirantes demuestren en la realización de las pruebas prácticas relacionadas con el trabajo que se habrá de encomendar a quien resulte nombrado. Dichas pruebas prácticas serán valoradas de 0 a 20 puntos en su totalidad. Será eliminado el aspirante que no consiga un mínimo de 10 puntos.

Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 5 puntos y no tendrá carácter eliminatorio.

8.3. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad.

Los aspirantes que no comparecieran a las mismas quedarán eliminados.

9._Relación de aprobados, presentación de documentos y propuesta del Tribunal.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal elevará a la Alcaldía, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en los distintos ejercicios de la oposición y acompañarán la propuesta de nombramiento a favor de los aspirantes con mayor puntuación. Dicha propuesta será publicada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ujué y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la notificación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Ayuntamiento los documentos siguientes:

a) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

b) Informe acreditativo de que el interesado no padece enfermedad o defecto físico o psíquico que le imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

c) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente con las obligaciones propias del cargo.

9.3. Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser nombrados quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Alcalde, cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

10._Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Concluido el proceso selectivo y aportados por los aspirantes los documentos a que se refiere la base 9.2, la Alcaldía mediante resolución, procederá al nombramiento como contratado laboral fijo del Ayuntamiento de Ujué para desempeñar el puesto de Empleado de Servicios Múltiples, siendo publicado dicho nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.2. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión perderá todos los derechos para la adquisición de la condición de contratado laboral fijo del Ayuntamiento de Ujué. En tal supuesto se estará a lo establecido en el apartado 9.4.

11._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de éste Acuerdo.

b) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del presente.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este Acuerdo.

Ujué, a veinte de enero de dos mil tres. La Alcaldesa en funciones, María Jesús Zoroza.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña ................., mayor de edad, con D.N.I. número ..........., y nacido/a el día ....... de ............. de 19......, natural de ..............., provincia de ..........., y con domicilio en calle .........................., número ......., de ................. código postal ......., teléfono ............

Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de un puesto de trabajo de Empleado de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Ujué, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base ......... de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto:

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud sea admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de un puesto de trabajo de Empleado de Servicios Múltiples para el Ayuntamiento de Ujué.

(Fecha y firma)

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