BOLETÍN Nº 16 - 5 de febrero de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

Expediente sancionador

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Procedimiento Administrativo Común, de la Orden Foral a que se incoa expediente sancionador número 413/02 a don Hervé Brodin Nelson, por infracción a la normativa vigente en materia de medio ambiente, se procede por el siguiente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley.

ORDEN FORAL 1589, de 21 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se incoa expediente sancionador a don Hervé Brodin Nelson.

A la vista de la denuncia del Seprona de Urdax con fecha 1 de septiembre de 2002, por presunta infracción a la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus hábitats.

En virtud del artículo 98 de la Ley Foral de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre,

ORDENO:

1.º Incoar expediente sancionador a don Hervé Brodin Nelson, por presunta infracción a la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats.

2.º Designar como Instructor del expediente a don Iván Razquin Tarazona, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica), de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

3.º Trasladar la presente Orden Foral al denunciado, al denunciante y al Servicio de Conservación de la Biodiversidad, a los efectos oportunos.

Pamplona, veintiuno de octubre de dos mil dos._El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

PLIEGO DE CARGOS

Expediente 413/2002

1. Denunciado: Hervé Brodin Nelson.

Domicilio: 3 Rue des Cerisiers, Anglet (Francia).

2. Fecha y lugar de la infracción: Día 1 de septiembre de 2002, a las 12:10 horas. Alto de Aguiña, Lesaka.

3. Hecho/s denunciado/s: Circular con vehículo a motor, clase motocicletas de enduro, desde Francia - Ibardin - Vera de Bidasoa - Alto de Aguiña, por algunas pistas de tierra de menos de dos metros de anchura.

4. Precepto/s infringido/s: La presunta infracción se encuentra tipificada en la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats, como:

Infracción leve, en el artículo 111.5, en relación con el artículo 34 de la misma, y con el Decreto Foral 36/1994, de 14 de febrero, por el que se regula la práctica de actividades organizadas motorizadas y la circulación libre de vehículos de motor en suelo no urbanizable, que en el artículo 11.1 prohibe la circulación de vehículos motorizados campo a través por caminos rurales de anchura inferior a dos metros.

5. Propuesta de sanción: Se propone la imposición de una sanción de 150 euros, de conformidad con el artículo 114.1 a) de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats.

6. Organo Competente: El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, en virtud del artículo 98.1 de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Foral 2/1993, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats, se le concede un plazo de quince días hábiles para formular las alegaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos.

Pamplona, a veintiuno de octubre de dos mil dos._El Instructor, Iván Razquin Tarazona.

Código del anuncio: A0212883