BOLETÍN Nº 16 - 5 de febrero de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y VIVIENDA. Expedientes sancionadores.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Procedimiento Administrativo Común, de la Orden Foral de incoación de expediente sancionador número 339/02 a don Joaquín Juániz Azcárate, por infracción a la normativa vigente en materia de medio ambiente, se procede por el siguiente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley.

ORDEN FORAL 1395/2002, de 13 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se incoa expediente sancionador a don Joaquín Juániz Azcárate (D.N.I. 16.569.766).

A la vista de la denuncia de los Celadores de Montes de Urbasa con fecha 20 de junio de 2002 por presunta infracción a la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra.

En virtud del artículo 34 de la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra,

ORDENO:

1.º Incoar expediente sancionador a don Joaquín Juániz Azcárate (D.N.I. 16.569.766) por presunta infracción a la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra.

2.º Designar como Instructora del expediente a doña Ana Miral Equioiz, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica) de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

3.º Notificar la presente Orden Foral al denunciado, al denunciante y al Servicio de Conservación de la Biodiversidad, a los efectos oportunos.

Pamplona, a trece de septiembre de dos mil dos._El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

PLIEGO DE CARGOS

Expediente 339/2002

1. Denunciado: Joaquín Juániz Azcárate (D.N.I. 16.569.766).

Domicilio: Paseo de la Inmaculada, número 74. Estella (Navarra).

2. Fecha y lugar de la infracción: Los hechos denunciados han sido detectados el día 20 de junio de 2002, a las 11 horas, junto a la chabola de la explotación ganadera de la que es usufructuario el denunciado, en el paraje denominado "Arratondo", dentro del Parque Natural de Urbasa y Andía.

3. Hecho/s denunciado/s: Circular y estacionar el vehículo marca Nissan Patrol matrícula SS-2105-AC sin autorización dentro del Parque Natural de Urbasa-Andía.

4. Precepto/s infringido/s: Infracción leve del artículo 36, apartado 2. g), de la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra, por la circulación con vehículos de motor por el interior de los Espacios Naturales fuera de los lugares habilitados expresamente para ello.

5. Propuesta de sanción: 150 euros de conformidad con el artículo 36.5.a) de la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra, una vez valorados los criterios de graduación previstos en el artículo 35 de la misma Ley Foral.

6. Sanciones accesorias: No procede.

7. Indemnización: No procede.

8. Organo competente: El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, en virtud del artículo 34 de la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 319/1996, de 19 de septiembre, por el que se establece el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas a la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra, y en los artículos 73 a 77 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral 85/1995, de 3 de abril, de aplicación al mismo, se le concede un plazo de quince días hábiles para formular las alegaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos.

Pamplona, a trece de septiembre de dos mil dos._La Instructora, Ana Miral Equioiz.

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