BOLETÍN Nº 15 - 3 de febrero de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Estudio de Detalle para la A4 de la Unidad A de Beloso Alto, U.I.IX/S1 Aprobación definitiva

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 19 de diciembre de 2002, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 19-DIC-02 (13/CU)

"Transcurrido el plazo de exposición pública tras la aprobación inicial (RAL de 25 de junio de 2002) del Estudio de Detalle presentado a trámite por don Julio Sánchez en representación de Promociones Urniza, S.L., y de conformidad con el informe de los Servicios Técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo de 9 de diciembre de 2002, se acuerda:

1.º Aprobar definitivamente el documento refundido del Estudio de Detalle de la A4 de la Unidad A de Beloso Alto, U.I.IX/S1, que recoge las indicaciones señaladas en el acuerdo de aprobación inicial.

2.º Dese traslado de la presente resolución, junto con un ejemplar del Estudio de Detalle aprobado, al Gobierno de Navarra y publíquese en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios municipal".

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Texto normativo:

_"Se mantienen las alineaciones del grupo de parcelas con su forma curva tal como está ordenado en el Plan Parcial.

_Se modifica la cubierta plana del ático, con posibilidad de antepechos, por una cubierta inclinada, realizada con tabiquillos palomeros, tablero celetyp, capa de compresión y cubrición con teja sobre forjado plano cuya altura se ajusta a los máximos fijado en normativa, y en cuyo volumen quedaría incluido el casetón de la caja de ascensor, no pudiendo ser utilizables y sin tener acceso ni desde el interior ni desde el exterior de las viviendas.

_La altura de la cumbrera desde la calle inferior se refleja en las dos parcelas laterales, llegando a buscar la fachada del ático en las separaciones de viviendas interiores, creando así las divisiones entre las mismas con el concepto de vivienda abuhardillada en la planta segunda de acuerdo con la sección tipo del planeamiento del año 92.

_Dentro de las alineaciones, se permitirán los retranqueos en planta baja o en planta primera para la creación de porches o terrazas cubiertas así como vuelos sin limitación de longitud dentro de las parcelas.

De este modo se consigue poder disponer de dos plazas adicionales de aparcamiento en el interior de cada parcela en planta baja y aprovechar las condiciones de orientación, soleamiento y vistas para crear una amplia terraza en planta primera a nivel de las salas de estar y cocinas.

_El tratamiento de las fachadas será unitario tal y como se ve en los planos adjuntos y en su composición se utilizará mayoritariamente el ladrillo caravista combinado con zonas revestidas de piedra o madera.

_Las cubiertas, como se ha comentado, serán de teja o pizarra con las formas reflejadas en los planos.

_Los cierres de parcela se realizarán con un zócalo de ladrillo caravista, cuya altura estará comprendida entre 50 centímetros y 1 metro, complementándose hasta 1,50 metros con cierre de malla, según el diseño de planos".

Pamplona, veintisiete de diciembre de dos mil dos. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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