BOLETÍN Nº 15 - 3 de febrero de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L A R R A G A

E D I C T O

El Ayuntamiento de Larraga, en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2002, con la mayoría requerida en el artículo 325-2 de la vigente Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dispuso la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de las tasas por tramitaciones urbanísticas, en los términos con que figura redactada en el expediente de su razón, de acuerdo con las prescripciones prevenidas en el artículo 13-2 de la vigente Ley Foral 2/1995, de 2 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

En cumplimiento de lo establecido en los numerales uno y tres del antecitado artículo 325, el acuerdo y expediente indicados se someten a información pública por plazo de treinta días hábiles, en el que los vecinos e interesados legítimos podrán examinarlos y formular las reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

Asimismo se hace público el presente acuerdo a efectos de lo dispuesto en el apartado cinco del mencionado artículo 13.

Larraga, dieciséis de noviembre de dos mil dos. El Alcalde Presidente, Jesús García García.

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