BOLETÍN Nº 128 - 6 de octubre de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A Ñ O R B E

Nombramiento de Concejales delegados

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Añorbe, por Decreto de 10 de septiembre de 2003, adoptó la Resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

"De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 43.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los Tenientes de Alcalde, pudiendo referirse, estas delegaciones, a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultar de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas,

Resuelve:

I._Realizar delegación genérica de las facultades de mi competencia correspondientes a las materias de Urbanismo y Vivienda a favor del primer Teniente de Alcalde, don Jesús María Oroz Pérez.

II._Realizar delegación genérica de las facultades de mi competencia correspondientes a las materias de Servicios Sociales y Bienestar Social a favor de la segunda Teniente de Alcalde, doña María Jesús Alvarez Urricelqui.

III._La delegación general de competencias a favor de los Tenientes de Alcalde a los que anteriormente se ha hecho referencia, comportará, tanto la facultad de dirección de la materia correspondiente, como su gestión, incluyendo la facultad resolutoria.

IV._Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegados por sus titulares en otro órgano o concejal.

V._De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2586/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los Tenientes de Alcalde antes citados y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía.

En caso de ausencia, vacante o enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose, a estos efectos, ejercitada la potestad de avocación en base a la presente Resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

VI._Notificar esta Resolución a los Concejales afectados, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si en el término de tres días hábiles, contados desde la notificación del presente Decreto, no hacen manifestación expresa ante el órgano delegante de no aceptar la delegación.

VII._Dar cuenta al Pleno de esta Resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra."

Añorbe, a diez de septiembre de dos mil tres. El Alcalde, José Manuel Urricelqui Lafuente.

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