BOLETÍN Nº 125 - 30 de septiembre de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

NOAIN (VALLE DE ELORZ)

Exenciones de contribución territorial de inmuebles afectados por las inundaciones de febrero de 2003

Resolución de alcaldía

Don Miguel Elizari Reta, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en el día de la fecha ha dictado la siguiente Resolución:

El Gobierno de Navarra ha aprobado el Decreto Foral 220/2003, de 15 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley Foral 19/2003, de 25 de marzo, por la que establecen medidas a favor de los afectados por las inundaciones producidas en la Comunidad Foral de Navarra durante el mes de febrero del presente año.

Este Decreto Foral tiene por objeto regular el procedimiento para hacer efectiva la exención de la Contribución Territorial correspondiente al año 2003, y en su caso de los recargos legalmente autorizados sobre la misma, establecida en el artículo 2.º de la Ley Foral 19/2003, de 25 de marzo, así como la compensación a los Ayuntamientos de los municipios afectados por la disminución de ingresos producida a los mismos como consecuencia de la exención anteriormente aludida.

El artículo 2.º de la Ley Foral 19/2003, por la que se establecen medidas a favor de los afectados por las inundaciones producidas en la Comunidad Foral de Navarra, prevé la exención de las cuotas de la Contribución Territorial correspondiente al año 2003, que afecten a explotaciones agrarias, fincas urbanas, establecimientos industriales y mercantiles, locales de trabajo de profesionales, dañados como consecuencia directa de las inundaciones acaecidas durante el mes de febrero del presente año, y situados en los municipios a que se refiere el artículo 1.º de esta Ley Foral.

De conformidad con lo dispuesto en las disposiciones citadas,

HE RESUELTO:

1.º Conceder un plazo de un mes, a partir de la publicación del Anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los sujetos pasivos afectados por las inundaciones producidas en la Comunidad Foral de Navarra en el mes de febrero del presente año puedan solicitar el reconocimiento de la exención de la Contribución Territorial correspondiente al año 2003, y en su caso de los recargos legalmente autorizados sobre la misma y, en su caso, la devolución de las cantidades ingresadas, conforme al modelo de instancia normalizada que obra a su disposición en las oficinas municipales dirigida al Acalde-Presidente a la que deberán acompañar inexcusablemente la declaración de los daños sufridos con valoración estimada de los mismos, y, en su caso, justificación del pago realizado, aportando los recibos o cartas de pago originales o diligenciadas por el Secretario.

2.º Finalizado el plazo señalado para la presentación de las instancias, y previas las comprobaciones de que se dan las circunstancias exigidas en la Ley Foral 19/2003, de 25 de marzo, y dentro de los quince días siguientes, se adoptará acuerdo plenario sobre el reconocimiento de las exenciones solicitadas, de forma individual o colectiva.

Lo que, en cumplimiento del Decreto Foral enunciado, se hace público para general conocimiento advirtiendo que, por ser esta Resolución de trámite no cabe interponer recurso alguno contra la misma, sin perjuicio de lo prevenido en el artículo 107-1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAAPP y del Procedimiento Administrativo Común.

Noáin (Valle de Elorz), a diecisiete de septiembre de dos mil tres. El Alcalde-Presidente, Miguel Elizari Reta.

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