BOLETÍN Nº 125 - 30 de septiembre de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 979/2003, de 8 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública de los bienes y derechos afectados por el proyecto de "Canal de Navarra: Tramos 4, 5 y 18".

Por Orden Foral 563/2003, de 22 de mayo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se inició el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por el proyecto "Canal de Navarra: Tramos 4, 5 y 18", y se sometió dicho proyecto a información pública, durante un mes, a fin de que se formulasen cuantas observaciones y alegaciones se estimasen oportunas. Dicha Resolución fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 76, de 18 de junio de 2003.

El Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas informa que transcurrido el plazo de información pública, se ha recibido una alegación, que se resume y se contesta a continuación.

Alegación:

Don Jesús Erro Gonzalo, con domicilio en Pamplona, actuando en nombre y representación de don Bernardo Elio Lopetedi (Hermanos Elio Lopetedi), alega:

1) Que los hermanos Elio-Lopetedi son propietarios de la parcela 76 del polígono 2 de Tiebas identificada en fase de información pública como TI-16.

2) Que la finca en cuestión va a ser atravesada por el cauce de Canal de Navarra quedando dividida en dos por lo que la desmejora deberá ser tenida en cuenta a la hora de fijar la indemnización correspondiente.

3) Que el Canal discurre bajo tierra hasta llegar a esta finca para subir a la superficie y posteriormente, a los pocos metros, volver a discurrir bajo tierra. Solicita que el Canal pase también por su finca bajo tierra.

Si no es así, quedará un triángulo de finca separado del resto y encajonado entre el Canal, la acequia y el lindero Este que pertenece a otros propietarios, sin posibilidad de acceso para cultivo. Solicitan se dote de acceso a ese triángulo construyendo un paso elevado sobre el Canal o desde el camino de concentración situado al Oeste de la finca. Solicita que todos obstáculos de acceso se tengan en cuenta a la hora de realizar la valoración.

4) Solicita que la acequia que constituye el lindero Norte de la finca se encauce para evitar anegaciones en la finca.

Contestacion:

1) Se toma en consideración lo alegado, si bien se deberá acreditar la titularidad en el acto de levantamiento de actas previas.

2) y 3) El canal proyectado atraviesa la finca, en toda su longitud, mediante un sifón enterrado, por lo que no habrá dificultades de acceso entre ambas partes de la finca una vez construido este. No obstante, los perjuicios que ocasione la partición de la finca o las posibles dificultades temporales de acceso que pudiesen producirse serán tenidas en cuenta en la correspondiente fase del procedimiento expropiatorio.

4) La acequia en cuestión será repuesta una vez terminada la construcción del sifón.

En su virtud, de acuerdo con lo informado y propuesto por el Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, Reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y por el artículo 57.b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Resolver la fase de información pública de los bienes y derechos afectados por el proyecto de "Canal de Navarra: Tramos 4, 5 y 18", en el sentido expresado en la parte expositiva de la presente Orden Foral como contestación a la alegación presentada.

2.º Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y dos diarios de la Comunidad Foral.

3.º Dar traslado de la presente Orden Foral al Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas, a la Sección de Expropiaciones, a la Secretaría Técnica del Departamento, al Ministerio de Medio Ambiente (Dirección de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas), a los Ayuntamientos de Tiebas-Muruarte de Reta, Biurrun-Olcoz, Ucar, Tirapu, Añorbe, Artajona y Obanos, a la Sociedad Canal de Navarra, S.A. y al alegante, a los efectos oportunos.

Pamplona, ocho de septiembre de dos mil tres._El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, José Ignacio Palacios Zuasti.

Código del anuncio: C3285115