BOLETÍN Nº 109 - 27 de agosto de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P E R A L T A

Negociado de Denuncias

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-4 y 60 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo de fecha 26 de noviembre, se da cuenta de las siguientes denuncias que no han podido notificarse su resolución en el último domicilio conocido:

1. Expediente 11402003017, incoado por el agente 03, de fecha 16-2-03, por una cuantía de 90,15 euros, por orinar en la vía pública, a don Valentín Ortiz Edinson, con domicilio en la calle Angel Daban, 49-2.º

Transcurridos los plazos señalados para la presentación de alegaciones y la audiencia del interesado, en uso de las atribuciones que me confieren el artículo 68.2 del R. D. Legislativo número 339/90, de 2 de marzo, se acuerda imponer la sanción indicada en el recuadro, que deberá hacer efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, en la inspección de la Policía Municipal de este Ayuntamiento.

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, comunicando previamente al órgano autor de la misma la intención de recurrir; o bien,

b) Recurso de Alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento en Peralta, a veintiocho de abril de dos mil tres. El Alcalde, Jesús Hilario Campo Vidondo.

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