BOLETÍN Nº 109 - 27 de agosto de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ACUERDO del Gobierno de Navarra de 15 de julio de 2003, por el que se declara el "Proyecto de Subestación de Muruarte 400/200 kv y Línea a 400 kv, doble circuito, de enlace de las subestaciones de Muruarte y Castejón", promovido por Red Eléctrica de España, S.A., como Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal, y se somete el mismo a información pública a los efectos previstos en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

I._Objeto y justificación del P.S.I.S.

En la actualidad, Pamplona y su zona de influencia se encuentran con una clara limitación a futuro de suministro de energía eléctrica, debido a que la red de alimentación actual en 220 kv está saturada, mientras que los incrementos de demanda que se producen son continuos y manifiestos, al estar prevista la implantación de nuevas infraestructuras y polos de desarrollo en la zona, que demandarán en un futuro próximo incrementos notables del suministro eléctrico.

Por otra parte, la construcción de Parques Eólicos tanto en la zona Sur de la Comarca de Pamplona, como en al zona de la Navarra media, está en este momento condicionada por la saturación de la capacidad de evacuación de la red de 220 kv.

Asimismo, el funcionamiento de las dos nuevas plantas de ciclo combinado de Castejón, cuya conexión a la red nacional de transporte de 400 kv se realiza mediante una línea de evacuación a 400 kv hasta la subestación de La Serna, está supeditado a la disponibilidad de evacuación de la S/La Serna y la red de transporte.

Todas estas necesidades, junto con el desarrollo de generación eólica en la Comunidad de Aragón y de la generación térmica del País Vasco, han motivado los planes de expansión de la red que observan un nuevo eje de 400 kV Vitoria-Muruarte-Castejón-La Serna-Magallón-Trillo.

En este contexto, la solución de desarrollo de la red conlleva la construcción de las dos instalaciones objeto del presente proyecto:

_Nueva subestación de la red de transporte en Muruarte de Reta, de transformación de 400/220 kV de 600 MVA.

_Línea eléctrica aérea de 400kV., doble circuito, de aproximadamente 60 kilómetros de longitud, denominada Muruarte-Castejón, que conecte la futura subestación de Muruarte de Reta con la subestación de Castejón.

Ambas instalaciones pasarán más adelante a formar parte de un eje de suma importancia para el desarrollo de la Red Nacional de Transporte en la zona Norte de la Península, dado a que se unirá hacia el Oeste con la subestación de Vitoria, de forma que se mallará la red existente a 400 kv en el País Vasco, con Navarra y Aragón.

La obra proyectada, como infraestructura de transporte de energía, cuenta con fundamento legal y justificación de su Utilidad Pública, derivados del artículo 52 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.

II._Antecedentes y tramitación.

Las instalaciones propuestas, Subestación de Muruarte y la línea Castejón-Muruarte, han sido ya sometidas a procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental por parte del Ministerio de Medio Ambiente, habiendo obtenido las dos instalaciones la Declaración de Impacto Ambiental.

Según la documentación presentada, en este momento se ha finalizado la tramitación de la Autorización Administrativa de ambas y la Declaración de Utilidad Pública de la primera, estando pendiente su resolución.

III._Descripción de la infraestructura.

_De la línea eléctrica.

El trazado de la línea discurre por los siguientes términos municipales: Castejón, Valtierra, Cadreita, Villafranca, Marcilla, Peralta, Falces, Olite, Tafalla, Artajona, Barásoain, Añorbe, Biurrun-Olcoz, Unzué y Tiebas-Muruarte de Reta.

Para la determinación del trazado se han estudiado cinco alternativas con los condicionantes, entre otros, de evitar núcleos poblados, espacios protegidos o de interés geológico o valor ecológico, cursos de agua, zonas de valor económico, zonas de infraestructuras previstas, más la utilización, en lo posible, de los corredores de infraestructuras presentes, en particular los definidos por la autopista A-15 y la línea Orcoyen-Tafalla-La Serna.

El pasillo elegido, y considerado de menor impacto sobre el medio ambiente en el estudio de impacto ambiental, presenta una longitud de aproximadamente 60 km y tiene una orientación predominante norte-sur. Se inicia en la futura subestación de Muruarte y parte de su trazado discurre en paralelo con la línea eléctrica ya existente Orcoyen-Tafalla-La Serna o con la Autopista A-15, y finaliza en la subestación de Castejón, situada en el margen derecho del río Ebro.

El trazado parte de la subestación de Muruarte ubicada en el paraje denominado "Las Fuentecillas" con dirección sur durante 2,5 km para evitar el parque eólico situado en los Altos de Olcoz, las zonas de interés natural situadas hacia el oeste, y la localidad de Muruarte de Reta, ubicada al este. Cruza la autopista A-15 y la vía del ferrocarril. A la altura del Cerro de Arrobia toma dirección suroeste hasta encontrar la línea de 220 kV Orcoyen-Tafalla-La Serna, donde cambia la orientación a sureste para discurrir en paralelo con la misma, dejando al oeste la población de Artajona y al este las poblaciones de Barásoain, Garínoain y Pueyo. Discurre por el este del espacio natural de "Monte El Plano" y por el oeste de la subestación de Tafalla y la población del mismo nombre. Cruza la autopista A-15 y abandona el paralelismo con la línea eléctrica al suroeste de la población de Olite. Discurre en paralelo a la autopista A-15 y a la carretera que une Peralta con Olite por el borde norte de La Plana de Olite, acercándose lo máximo posible a la autopista en la zona de "Las Planillas". Se dirige hacia la población de Marcilla pasando al este de la misma, en paralelo con el trazado de la autopista A-15 por su lado este, cruza el río Aragón por una zona en la que los sotos son más estrechos, y continúa hasta alcanzar las Bardenas Reales y Badina Escudera, discurriendo entre ambos espacios naturales. Mas al sur, confluye de nuevo con la línea eléctrica Orcoyen-Tafalla-La Serna y en paralelo con ésta y con la autopista, pasa entre las poblaciones de Cadreita y Valtierra, cruzando la autopista a la altura de esta última. Cruza el río Ebro al oeste del puente de la Autopista, en un punto en el que los bosques de ribera presentan una discontinuidad y llega a la subestación de Castejón, ubicada en el margen derecho del río Ebro próxima a la autopista A-15.

La línea Castejón-Muruarte consta de 23 alineaciones y afecta a cada municipio en aproximadamente las siguientes longitudes: Tiebas-Muruarte de Reta 1,3 km, Unzué 3 km, Biurrun-Olcoz 0,2 km, Barásoain 4 km, Añorbe 0,2 km, Artajona 5 km, Tafalla 9,8 km, Olite 12 km, Falces 0,3 km, Peralta 4 km, Marcilla 6,3 km, Villafranca 7,4 km, Cadreita 4 km, Valtierra 4,3 km y Castejón 0,2 km.

La estructura de la línea se compone básicamente por unos cables conductores, agrupados en dos grupos de 3 fases (constituyendo cada grupo un circuito), por los que se transporta la electricidad, y de unos apoyos que sirven de soporte a las fases, manteniéndolas separadas del suelo y entre si.

La corriente transportada será alterna trifásica con una frecuencia de 50 Hz., una tensión nominal de 380 kV. y de 420 kV. la más elevada.

Los apoyos serán torres metálicas de celosía de acero galvanizado, de una altura total de entre 61 y 67 m, que distarán entre si 500 m en terreno llano y entre 800 y 900 m en función de otras variables (orografía, climatología, etc.). Las alturas de las crucetas inferiores al suelo varían de 23 a 51,3 m. La cimentación de los apoyos estarán formados por 4 macizos independientes de hormigón armado, situados a 10 m unos de otros.

El presupuesto previsto, de ejecución de la línea eléctrica, asciende a un total de 9.913.000 euros.

_De la subestación.

Para la elección de la ubicación de la subestación se han estudiado 11 emplazamientos alternativos todos ellos en un radio inferior a 15 km de Pamplona, dado que el objetivo es la alimentación al importante mercado que define la ciudad y su comarca. El emplazamiento elegido, considerado el de menor impacto sobre el Medio Ambiente en el estudio de impacto ambiental, se sitúa al sur de Pamplona, en el TM de Tiebas-Muruarte de Reta, a unos 550 m de la población de Muruarte de Reta en un pequeño llano situado entre la autopista A-15 y la Sierra de Alaiz, quedando rodeado por las elevaciones de esta Sierra.

Según la DIA, este emplazamiento presenta buenas condiciones técnicas y ambientales, dado que entre la población de Muruarte y la subestación se encuentra el campamento militar abandonado de Carrascal, la autopista A-15, la carretera nacional y la vía férrea, determinando una barrera física y visual. Es una zona prácticamente llana, bastante alterada por actividades humanas, con dos plantas industriales y una planta de reciclado de palets, que será desplazada en un futuro.

La superficie total ocupada por la subestación será de aproximadamente 6 hectáreas (197 m x 312 m).

El acceso a la subestación se realizará a través de un camino existente que partiendo de la N-121, cruza por debajo la autopista A-15, y paralelo a esta última vía, llega a la parte sur de la parcela de emplazamiento de la subestación. A partir de este punto se prevé acondicionar un nuevo camino de unos 20 m de longitud.

La subestación estará compuesta por un parque eléctrico de intemperie único de 400 kV, (en el que se ubicará el aparellaje de protección y maniobra, así como las estructuras metálicas de soporte del mismo, y demás elementos necesarios para un correcto funcionamiento), un edifico de mando y control (que dispondrá de sala de mando y control, sala de comunicaciones, sala de servicios auxiliares, vestuarios, archivo y servicios), una caseta de relés por calle, y otras instalaciones de comunicaciones.

Los edificios previstos se sitúan al sur de la parcela, próximos al acceso. El edificio de control, de planta rectangular de dimensiones 22 x 30 m, contará con fachadas de fábrica y cubierta plana.

El acabado superficial del parque de intemperie se realizará mediante capa de grava caliza.

Todo el recinto de la subestación estará protegido por una valla constituida por postes metálicos de acero y malla metálica embebida por un murete de hormigón, alcanzado una altura total de 2,3 m.

El presupuesto previsto, de ejecución de la subestación, asciende a un total de 10.952.637,01 euros.

IV._Consideraciones urbanísticas y territoriales.

Con carácter general las instalaciones propuestas afectan a suelos no urbanizables. Analizados los correspondientes planeamientos urbanísticos vigentes de las localidades afectadas por las mismas, se considera que el régimen de protección de las distintas clases de suelo no urbanizable resulta compatible con las infraestructuras proyectadas. No obstante procede hacer las siguientes observaciones:

_Cañadas y caminos: los apoyos de las líneas deberán situarse, como mínimo, a tres metros de distancia del borde exterior de las cañadas y caminos.

_Red viaria (carreteras y autopista A-15): la posición de los apoyos y cualquier otra obra que se pretenda llevar a cabo en la zona de afección de estas vías requerirán la correspondiente autorización del Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra.

_Gasoductos: la línea proyectada atraviesa en diversos puntos los gasoductos Larrau-Arnedo, Calahorra-Pamplona y sus derivaciones y diversos ramales de la red de gasificación de la Ribera (Mendavia-Carcastillo, Marcilla-Cadreita-Valtierra y sus derivaciones a Milagro y Castejón), infraestructuras todas éstas que, junto a sus servidumbres, deberán ser tenidas en cuenta en la ejecución de las correspondientes obras.

_Oleoducto: se trata del oleoducto a Pamplona desde el eje Miranda de Ebro-Zaragoza que, asimismo, deberá ser tenido en cuenta en la ejecución de las correspondientes obras.

_Cursos fluviales: la posición de los apoyos y cualquier otra obra que se lleve a cabo en la zona de policía de los cursos fluviales requerirán la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

_Red ferroviaria existente y prevista (Tren de Alta Velocidad): la ejecución de las obras deberá tener en cuenta el ferrocarril existente conforme a la normativa sectorial vigente y, asimismo, compatibilizarse con el trazado del tren de alta velocidad Castejón-Comarca de Pamplona, cuyo Estudio Informativo ha sido sometido recientemente a información pública.

_Canal de Navarra: la ejecución de la línea deberá tener en cuenta esta infraestructura y sus correspondientes servidumbres, conforme a la información que a tal efecto suministre la empresa Canal de Navarra, S.A.

_Líneas eléctricas y de telecomunicación: en el proyecto se da cuenta de diversos cruces con determinadas líneas eléctricas y de telecomunicación, que deberán resolverse conforme a la normativa vigente en la materia.

_Areas regables del Canal de Navarra y otros regadíos: la línea proyectada afecta a determinadas áreas regables del Canal de Navarra y otros regadíos, siendo necesario al respecto que antes de la aprobación del expediente se presente el correspondiente informe del Departamento de Agricultura Ganadería y Alimentación.

_Montes de Utilidad Pública: análogamente a lo dicho en el apartado anterior, se presentará el respectivo informe del Servicio de Conservación de la Biodiversidad respecto a la afección a los Montes de Utilidad Pública (términos municipales de Olite, Tafalla y Barásoain).

Asimismo, procede efectuar otras observaciones con respecto a los siguientes elementos:

_Se está tramitando en el Departamento la modificación del PSIS de infraestructuras eólicas en la Zona Media de Navarra, promovida por DERSA, en la que está prevista la instalación del parque eólico de Caraquidoya que quedaría parcialmente afectado por la línea proyectada. Pues bien, con independencia del resultado final del citado expediente, se considera conveniente compatibilizar el trazado de la línea con el citado parque, actuación ésta que se considera sería factible y que no requeriría, aparentemente, cambios significativos en dicho trazado.

_En el término municipal de Tafalla la línea discurre de forma paralela, a unos cien metros de distancia, a una pista situada en Monte El Plano habilitada para operaciones aeronáuticas coyunturales (sobre todo en periodo estival). Dado que los apoyos emergerían de la rasante de dicha pista una altura considerable (unos 20 metros), se considera que deberá tenerse en cuenta esta circunstancia para no interferir en tales operaciones, adoptando al efecto las medidas que procedan.

En cuanto al Patrimonio Histórico hay que reseñar las siguientes cuestiones:

_El acceso a la subestación de Muruarte de Reta se produce a través de un ramal viario coincidente en la actualidad con un pequeño tramo del Camino de Santiago, por lo que las actuaciones que se lleven a cabo en ese ramal incluirán aquellas que faciliten el tránsito peatonal.

_Por otra parte, el proyecto no hace referencia a las posibles incidencias sobre el Patrimonio Histórico, debiéndose, en consecuencia, presentar antes de la aprobación del expediente un informe de la Institución Príncipe de Viana.

Dicho lo que antecede hay que poner de relieve que el trazado de la línea presenta una afección muy singular en el término municipal de Marcilla, ya que la misma atraviesa un suelo urbano industrial, "Sector 6", situado entre el área de peaje de la A-15 y la carretera NA-660, en el que ya existe una industria instalada, afectando a una ampliación prevista en el planeamiento vigente y a sendas parcelas de equipamiento deportivo y social.

Pues bien, el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece para estas líneas limitaciones a la imposición de servidumbres de paso que, aparentemente, no parece se puedan cumplir en el caso que nos ocupa, considerando adecuado el que se adopte un trazado distinto para este tramo que discurriera entre la Zona de la Azucarera y el límite del término municipal.

Cabe asimismo, señalar la afección que se produce al ámbito de aplicación del Plan Especial del camping de Olite, que no al camping, que quedaría situado a unos 380 metros de la línea, afección que se considera irrelevante.

Por último, el proyecto no relaciona las afecciones y servidumbres impuestas por las infraestructuras proyectadas, ni el régimen de protección con el que contarán las mismas tras su puesta en funcionamiento, aspectos todos ellos que deberán incluirse en el proyecto presentado.

VI._Consideraciones medioambientales.

El expediente fue sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y el Ministerio de Medio Ambiente formuló la correspondiente Declaración de Impacto, considerando el proyecto ambientalmente viable.

El estudio de impacto incluye el análisis y valoración de diversas alternativas para la subestación denominada de Muruarte y para el pasillo de la línea eléctrica. En la D.I.A. se indica que el emplazamiento seleccionado para la subestación presenta buenas condiciones técnicas y ambientales y el pasillo adoptado no afecta directamente a ningún espacio natural protegido, área de importancia para aves esteparias, zonas con grandes flujos aviares o masas forestales. Tampoco afecta a zonas de interés geológico o a zonas próximas a elementos del patrimonio histórico-artístico.

Se incluye en el Estudio de Impacto Ambiental una exhaustiva relación de los diferentes impactos previsibles y las oportunas medidas correctoras. Asimismo en la D.I.A. se establecen las condiciones que se deberán incluir en el Programa de Vigilancia Ambiental que deberá presentar REE tanto para la fase de obras como para la fase de explotación.

Entre las medidas correctoras que se destacan en la Declaración de Impacto cabe citar las referentes a las cimentaciones y accesos para la instalación de los distintos apoyos con el fin de minimizar las afecciones a la vegetación en las zonas más sensibles, debido a la presencia de masas forestales, ser áreas de probable presencia de flora amenazada, incluir comunidades vegetales bien conservadas, tratarse de suelos frágiles o en topografías desfavorables. Se establecen las medidas correctoras para prevenir el impacto sobre las aves y se concretan todos los tramos en los que se deberán instalar salvapájaros en los cables de tierra. Finalmente se establecen las condiciones para la revegetación y restauración ambiental del entorno afectado pos las obras.

En su virtud, considerando el informe emitido el día 2 de julio de 2003 por la Comisión de Ordenación del Territorio, y vista la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ACUERDA:

1.º Declarar, el "Proyecto de Subestación de Muruarte 400/220 kv. y Línea a 400 kv, doble circuito, de enlace de las subestaciones de Muruarte y Castejón", promovido por Red Eléctrica De España, S.A., como Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal a los efectos de la citada Ley Foral.

2.º Señalar al promotor que deberá presentar, antes de la aprobación definitiva del expediente, los siguientes informes:

_Del órgano foral competente respecto a la protección del Patrimonio Histórico.

_Del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, respecto a la afección a los regadíos y áreas regables por el Canal de Navarra.

_Del Servicio de Conservación de la Biodiversidad respecto a la afección a los Montes de Utilidad Pública

3.º Señalar al promotor la procedencia de estudiar un trazado alternativo de la línea a su paso por el término municipal de Marcilla, al objeto de evitar los problemas que se describen en el apartado de Consideraciones Urbanísticas y Territoriales de la parte expositiva de este Acuerdo.

4.º Asimismo, el promotor deberá incluir en el PSIS el régimen de servidumbres y de protección de la línea, y adoptar, al nivel de proyecto constructivo o, en su caso, de ejecución de las obras, el resto de las medidas señaladas en el apartado de Consideraciones Urbanísticas y Territoriales de la parte expositiva de este Acuerdo.

5.º Señalar que esta declaración se realiza sin perjuicio de cuantas autorizaciones sean precisas para la ejecución del proyecto.

6.º Someter el expediente, por el plazo mínimo de un mes, a los trámites simultáneos de información pública, y audiencia a los Ayuntamientos cuyos términos queden afectados por las instalaciones.

A tales efectos, el expediente estará de manifiesto en el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Calle Alhóndiga, número 1-2.º, de Pamplona), pudiéndose presentar por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

7.º Publicar este Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificarlo a los Departamentos de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones, de Agricultura, Ganadería y Alimentación, de Industria y Tecnología, Comercio y Turismo y de Cultura, al Servicio de Conservación de la Biodiversidad, a la empresa Canal de Navarra, S.A., a los Ayuntamientos de Castejón, Valtierra, Cadreita, Villafranca, Marcilla, Peralta, Falces, Olite, Tafalla, Artajona, Barásoain, Añorbe, Biurrun-Olcoz, Unzué y Tiebas-Muruarte de Reta y al promotor, a los efectos oportunos.

Pamplona, quince de julio de dos mil tres._El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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