BOLETÍN Nº 105 - 18 de agosto de 2003

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona

E D I C T O

En Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona, a 30 de junio de 2003.

Se hace saber que en este Juzgado se sigue juicio de faltas por lesiones habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Sentencia número 143/03. Pamplona, a 1 de abril de 2003. Vistos por mí, don Fernando Poncela García, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona (Navarra), los presentes autos de juicio de faltas número 754/02 en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal y como denunciados Miguel Callejo Eder e Ivan Peláez Raya, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia...

Fallo: Que debo condenar y condeno a Miguel Callejo Eder como criminalmente responsable en concepto de autor de una falta tipificada en el artículo 617.1 del Código Penal, imponiéndole la pena de un mes multa, con una cuota diaria de 3 euros o la responsabilidad personal subsidiaria de hasta quince días de privación de libertad en caso de impago y el abono de la mitad de las costas, absolviéndole del resto de pedimentos contra él formulados.

Que debo absolver y absuelvo a Ivan Peláez Raya de la falta por la que inicialmente era denunciado, decretando de oficio el abono de la mitad de las costas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así, por ésta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo."

Y para que sirva de notificación a Mikel Callejo Eder, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Pamplona, a treinta de junio de dos mil tres. El Magistrado-Juez, Fernando Poncela García.

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