BOLETÍN Nº 104 - 15 de agosto de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

G U E S A L A Z

Adjudicación vecinal prioritaria de Terrenos Comunales de Cultivo en la localidad de Arzoz

Los vecinos titulares de unidad familiar del Concejo extinguido de Arzoz, que reuniendo las condiciones establecidas en el artículo 142 y 145 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, deseen beneficiarse de lotes de tierra de cultivo de la parcela 469 del polígono 6, pueden presentar su correspondiente solicitud, acompañada, necesariamente, de los documentos que se señalan en el pliego.

Será, así mismo, objeto de adjudicación vecinal directa los lotes que no hayan sido adjudicados por aprovechamiento vecinal prioritario.

Las solicitudes, tanto para la adjudicación prioritaria como para la directa, deberán ser entregados en Secretaría del Ayuntamiento del Valle con anterioridad al 3 de septiembre de 2003.

Pliegos de condiciones y modelos de solicitud obran en dependencias municipales.

Valle de Guesálaz, a siete de julio de dos mil tres. El Alcalde, Oscar Vidaurre Azcona.

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