BOLETÍN Nº 103 - 13 de agosto de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y VIVIENDA. Expedientes sancionadores

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Procedimiento Administrativo Común, de la Orden Foral resolviendo el expediente sancionador número 479/02, incoado a don Vicente Luluaga Otermin, por infracción a la normativa vigente en materia de medio ambiente, se procede por el siguiente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley.

ORDEN FORAL 68, de 21 de enero de 2003, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se sanciona a don Vicente Luluaga Otermin (D.N.I. 72.445.517), por la comisión de una infracción a la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra.

Visto el expediente sancionador número 479/2002, incoado a don Vicente Luluaga Otermin, mediante Orden Foral 1727/2002, de 11 de noviembre de 2002, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, como consecuencia de estacionar vehículo Opel Vectra gris matrícula SS-7277-AV en el paraje Ikomar, estando prohibido el acceso a dicho paraje para vehículos no autorizados.

Notificado el pliego de cargos, el denunciado no presenta alegaciones dentro del plazo concedido al efecto por lo que procede continuar el procedimiento sancionador manteniendo el Pliego de Cargos en los términos en que le ha sido notificado. En consecuencia se mantiene la infracción leve, en el artículo 36.2 g) de la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra, por la circulación de vehículos de motor por el interior de los Espacios Naturales fuera de los lugares habilitados expresamente para ello.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 319/1996, de 9 de septiembre, por el que se establece el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas a la Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra,

ORDENO:

1.º Sancionar a don Vicente Luluaga Otermin con una multa de 150 euros por la infracción cometida, de conformidad con el artículo 36.5.a) de la precitada Ley Foral, sin perjuicio de la reducción de aquélla que pudiera acordarse conforme a lo establecido en el apartado siguiente.

2.º La multa impuesta se reducirá en un 30% de conformidad con lo dispuesto en el artículo 258 de la precitada Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, si se cumplen los siguientes requisitos:

a) Se abone el resto de la multa en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la notificación de la sanción.

b) El infractor muestre por escrito su conformidad con la sanción impuesta y renuncie expresamente al ejercicio de toda acción de impugnación en el referido plazo.

De interesar la aminoración descrita, el interesado deberá comparecer en las dependencias del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, calle Alhóndiga, 1-2.ª planta, Sección de Control Administrativo donde se le entregará Carta de Pago en sustitución de la que ahora se remite y se le facilitará la documentación para obtener la deducción.

3.º El pago de la multa deberá realizarse en cualquier banco o caja de ahorros mediante la carta de pago oficial antes de transcurridos quince días desde que la presente Orden Foral adquiera firmeza en vía administrativa, pasado el cual se procederá a su cobro por vía de apremio.

4.º Contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 114 a 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.º Notificar la presente Orden Foral al expedientado, al denunciante, a la Sección de Control Administrativo y al Servicio de Conservación de la Biodiversidad, a los efectos oportunos.

Pamplona, a veintiuno de enero de dos mil tres._El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

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