BOLETÍN Nº 97 - 12 de agosto de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A R G U E D A S

Notificación de denuncias

No habiendo podido ser notificadas las denuncias presentadas en esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor, que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo y demás legislación aplicable, se publica el siguiente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:

Propietario: Carlos Ruiz Osambela. Matrícula: NA-6002-AT. Lugar: Calle Real, 42 (Caja Rural). Día: 14-2-2002. Hora: 12,10. Importe: 30,05 euros. Infracción: RGC 91.2.m.7. Expediente: 06/02.

Propietario: Armando Ansó Baigorri. Matrícula: NA-2019-AH. Lugar: Calle Real, 30. Día: 31-3-2002. Hora: 19,25. Importe: 30,05 euros. Infracción: RGC 91.2.l. Expediente: 15/02.

Esta publicación surte los efectos de notificación de la

denuncia, ante la cual podrán:

a) Alegar por escrito, ante esta Alcaldía, en el plazo de quince días hábiles, lo que en su defensa estime conveniente, conforme señala el artículo 79 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, con aportación o proposición de las pruebas que considere oportunas.

b) Abonar la multa dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con un descuento del 30 por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda beneficiarse del mismo.

Según establece el artículo 13.2), del Real Decreto 1398/93, en caso de que ustedes no efectúen alegaciones al presente escrito, en el plazo previsto anteriormente, la iniciación del procedimiento podrá ser considerada como propuesta de resolución.

En el caso de que el conductor del vehículo en el momento de cometer la infracción no fuera el titular del mismo, se requiere a éste, para que en el plazo de quince días hábiles, lo identifique, presentando a tal efecto un escrito en el Registro General del Ayuntamiento, en el que consten nombre y dos apellidos, número de Documento Nacional de Identidad y domicilio del infractor. En el caso de negativa a realizar la identificación se formulará al titular denuncia por infracción grave, que podrá ser sancionada con multa de hasta cincuenta mil pesetas, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 de la vigente Ley de Tráfico.

Arguedas, veintiocho de mayo de dos mil dos. El Alcalde Presidente, José Antonio Rapún León.

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