BOLETÍN Nº 96 - 9 de agosto de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 723/2001, eje. número 52/2002, seguidos a instancia de doña Nuria Clemos Arcos, contra la empresa Snack-3, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

"Propuesta de la Secretaria Judicial, doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Auto. En Pamplona, a veintitrés de julio de dos mil dos.

Hechos.

Primero: En el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como demandante doña Nuria Clemos Arcos, y de otra como demandada Snack-3, S.L., se dictó resolución judicial despachando ejecución para cubrir la cantidad de 2.831,11 euros de principal. En este mismo Juzgado, y al número de ejecutoria 41/2001, se realizaron todas las diligencias averiguatorias, con resultado negativo, dictándose auto de insolvencia contra la ejecutada Snack-3, S.L., con fecha 25-3-2002, del cual se ha traído testimonio a las presentes actuaciones.

Segundo: Se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial, según las disposiciones en vigor, cumplimentado el trámite conferido en su escrito anterior.

Razonamientos jurídicos.

Primero: A la vista de lo actuado, no habiéndose obtenido en la ejecución cantidad alguna para satisfacer el principal reclamado, procede, a tenor de lo dispuesto en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, declarar la insolvencia de la empresa, con carácter provisional, y sin perjuicio de continuar las actuaciones cuando mejore de fortuna.

Vistos los artículos legales citados y los demás que son de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva.

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a la ejecutada Snack-3, S.L., en situación de insolvencia total, con carácter provisional por importe de 2.831,11 euros, sin perjuicio de continuar el procedimiento ejecutivo si llegare a mejor fortuna, para responder al débito que adeuda a doña Nuria Clemos Arcos, según resolución dictada.

Una vez firme la presente, archívese.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado.

Lo que propongo a S.S.ª para su conformidad. Conforme: El Magistrado, Juez. La Secretaria Judicial".

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado, remitiéndose carta certificada con acuse de recibo a las partes, para su notificación en forma, doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Snack-3, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a veintitrés de julio de dos mil dos. La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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