BOLETÍN Nº 96 - 9 de agosto de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 292/2002 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Félix Olleta Lacunza, contra la empresa Recupal, S.L. don Francisco Javier Arrastia Jiménez y doña María Francisca Erviti Beloqui, sobre ordinario, se ha dictado lo siguiente:

"Fallo: Que estimando en parte la demanda interpuesta por don Félix Olleta Lacunza, frente a la empresa Recupal, S.L. y frente a don Francisco Javier Arrastia Jiménez y doña Francisca Erviti Beloqui, debo condenar y condeno a la empresa Recupal, S.L., a abonar al actor en concepto de indemnización de daños y perjuicios derivados del accidente sufrido por el actor el día 25 de junio de 1999, la cantidad de 1.502,53 euros, debiendo absolver al resto de codemandados de los pedimentos frente a ellos deducidos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia. Notifíquese a las partes la sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado que le dirija el recurso. Enterados, firman, doy fe.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones, abierta por este Juzgado de lo Social en el Banco de Bilbao-Vizcaya, sucursal de la calle Monasterio de Urdax, número 45, de Pamplona, cuenta número 3159, procedimiento número 3159-0000-65-0295-02.

Deberá, igualmente, acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3159-0000-67-0292-02, la cantidad objeto de la condena.

Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Enterados, firman, doy fe".

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Recupal, S.L. Francisco Javier Arrastia Jiménez y María Francisca Erviti Beloqui, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a veintidós de julio de dos mil dos. La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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