BOLETÍN Nº 95 - 7 de agosto de 2002

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

Dirección Provincial de Navarra del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales - RESOLUCIONES CONJUNTAS ACTAS DE LIQUIDACION Y ACTAS DE INFRACCION

Cédula de notificación

De conformidad con lo previsto por el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de enero de 1999), y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilios conocidos, se notifica a los sujetos responsables que a continuación se relacionan las resoluciones conjuntas dictadas en relación con las actas de liquidación e infracción practicadas por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, que se encuentran a la vista de los interesados en calle Conde Oliveto, número 7, de Pamplona.

Actas de liquidación definitivas: 31/02/33-75; 34-76; 35-77; 36-78 y 37-79.

Acta de infracción: 31/00/50173-66.

Responsable: Construcciones Améscoa, S.L.

Concepto: Falta de alta y cotización.

Períodos: 11/98 a 12/98; 1/99 a 12/99; 1/00 a 12/00; 1/01 a 12/01; 1/02.

Importes de las liquidaciones (euros): 655,25; 6.351,25; 6.586,46; 6.821,70 y 121,76.

Importe de la sanción (euros): 1.202,02 euros.

Acta de liquidación definitiva: 31/02/19-58.

Acta de infracción: 31/01/50092-82.

Responsable: Construcciones Jesús Peralta, S.L.

Concepto: Falta de alta y cotización.

Períodos: 5/98 a 10/98.

Importe de la liquidación (euros): 2.807,08.

Importe de la sanción (euros): 300,52.

Para los expedientes relacionados, la sanción se reducirá automáticamente al cincuenta por ciento de su cuantía si el respectivo sujeto responsable da su conformidad a la/s liquidación/es practicada/s por los mismos hechos e ingresa su/s importe/s en el plazo que se señala a continuación.

Se advierte que contra las resoluciones cabe interponer recurso de alzada ante el Director Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta notificación y que, en todo caso, la/s liquidación/es definitiva/s, deberá/n ser abonada/s hasta el último día hábil del mes siguiente al de esta publicación; incidiéndose automáticamente en otro caso en la situación de apremio para el cobro de la/s liquidación/es, salvo que se garantice con aval bancario suficiente o se consigne el importe en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Y para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que lleguen dichas resoluciones a conocimiento de los sujetos responsables, se emite el presente edicto.

Pamplona, veintitrés de julio de dos mil dos. El Jefe de la Unidad Especializada en Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

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