BOLETÍN Nº 78 - 28 de junio de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA

Ordenanza Reguladora del Servicio Público de Transporte Urbano en la Comarca de Pamplona

La Asamblea General de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, en sesión celebrada el 5 de junio de 2002, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación del artículo 8 de la Ordenanza Reguladora del Servicio Público de Transporte Urbano en la Comarca de Pamplona.

1.-Aprobar definitivamente la modificación del artículo 8 de la Ordenanza Reguladora del Servicio Público de Transporte Urbano en la Comarca de Pamplona, con el siguiente contenido:

"El abono de la tarifa correspondiente se realizará ante el conductor y a través de los siguientes medios:

1. En metálico, en cuyo caso no se admitirá la entrega de una cantidad superior a 20 euros.

2. Utilizando la tarjeta de abono, mediante su validación en la máquina establecida a tal efecto".

2.-Publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, el nuevo texto del artículo 8.

Pamplona, seis de junio de dos mil dos. El Presidente (e.f.), Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

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