BOLETÍN Nº 76 - 24 de junio de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA. Servicio de Inspección Tributaria del Gobierno de Navarra. Edicto citación por comparecencia.

Se hace saber que habiendo resultado infructuosa la notificación a Bearin, S.L., N.I.F. B31233943, de la comunicación-citación de inicio de actuaciones inspectoras de comprobación e investigación tributarias en diversos intentos realizados en días y horas diferentes, habiendo constancia de cada circunstancia en el correspondiente expediente, se publica este edicto conforme dispone el artículo 99 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria (en adelante LFGT) y se le hace saber que:

1.º Se le cita para que comparezca en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en las oficinas del Servicio de Inspección Tributaria del Gobierno de Navarra, sitas en la Avenida Carlos III, 4-3.ª planta para ser notificado por comparecencia.

2.º Podrá comparecer por medio de representante. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante comparecencia ante el funcionario actuante (artículo 36.2 de la LFGT).

3.º Si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación de inicio, en ejecución del Plan de Inspección aprobado por el Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, de las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación tributarias en los términos previstos en el artículo 101 de la LFGT y en el artículo 2.º del Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección Tributaria de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (en adelante RIT) se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

4.º Las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación tributarias tienen por objeto verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias referidas al Impuesto sobre Sociedades ejercicios correspondientes a los años 1997 a 2000, ambos inclusive; Impuesto sobre el Valor Añadido años 1999, 2000 y tres últimos trimestres de 1998 y Retenciones a cuenta correspondientes a los años 1999, 2000 y tres últimos trimestres de 1998.

Atendiendo a lo establecido en el artículo 9, n) de la LFGT y en el artículo 13 del RIT, dichas actuaciones tendrán carácter general.

5.º En el acto de la comparecencia deberá aportar o poner a disposición de la Inspección la siguiente documentación: libros de contabilidad, libros registros del Impuesto sobre el Valor Añadido; justificantes concernientes a los negocios del sujeto pasivo y relación de las cuentas bancarias de las que sea o haya sido titular Bearin, S.L. y extractos de movimientos de las mismas referidos al período objeto de comprobación.

En el supuesto de no aportar la documentación relacionada se procederá de acuerdo con lo previsto en el artículo 103 de la LFGT.

Pamplona, a seis de junio de dos mil dos.-El Inspector Actuario, firma ilegible.

Código del anuncio: A0206470