BOLETÍN Nº 74 - 19 de junio de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Resoluciones

RESOLUCION 2766/2002, de 17 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar Social por la que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones para la adquisición de material informático (ordenadores, impresoras, módem, licencias de software y tarjetas de red) por parte de los Ayuntamientos y Mancomunidades titulares de los Servicios Sociales de Base.

Por Resolución 2766/2002, de 17 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar Social, se aprueba la Convocatoria pública de subvenciones para la adquisición de material informático por parte de los Ayuntamientos y Mancomunidades titulares de los Servicios Sociales de Base con arreglo a las siguientes

B A S E S

1. Finalidad. La presente convocatoria tiene como finalidad ofrecer a las Entidades Locales titulares de los Servicios Sociales de Base en Navarra, la posibilidad de la informatización de los Servicios de los que son titulares para un mejor desarrollo de las funciones que tienen encomendadas en la prestación de servicios a la ciudadanía, y en la colaboración a ofrecer al Gobierno de la Comunidad en las tareas de Planificación del Sistema de Servicios Sociales.

2. Objeto. Serán objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria: Los ordenadores de sobremesa, ordenadores portátiles, impresoras, módem, licencias de software y la instalación de tarjetas de red para interconexión de los equipos informáticos adquiridos por los Ayuntamientos y Mancomunidades para su utilización por los Servicios Sociales de Base, siempre que las características técnicas de los equipos y demás elementos se adecuen a las señaladas en el Anexo I.

Se podrán incluir los equipos adquiridos en el año 2001 no subvencionados y los que se hayan previsto para el presente año 2002.

En ningún caso será tarea del Instituto Navarro de Bienestar Social la instalación y mantenimiento del equipamiento informático y software objeto de esta convocatoria.

3. Requisitos. A esta Convocatoria pueden acceder todos aquellos Ayuntamientos o Mancomunidades titulares de un Servicio Social de Base y que hayan firmado con el Instituto Navarro de Bienestar Social un Convenio para la implantación del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS).

4. Documentación. Instancia General o mediante correo electrónico, de la Alcaldía de los Ayuntamientos, de la Presidencia de las Mancomunidades o de la persona responsable de los Servicios Sociales de Base solicitando acogerse a las subvenciones establecidas en la convocatoria.

Características técnicas del material adquirido o previsto adquirir según Anexo I.

-Documentación que acredite tener acceso a Internet, una dirección de correo electrónico por profesional y puesto de trabajo, tarjeta red para interconexión de los equipos informáticos.

-Certificado del secretario/a del Ayuntamiento o Mancomunidad en el que conste la dotación actual de equipos informáticos del Servicio Social de Base correspondiente, no objeto de esta convocatoria, y en el que se especifique el número de ordenadores, impresoras, módem y licencias de software y la fecha de adquisición.

El Instituto Navarro de Bienestar Social podrá solicitar cualquier otra documentación que estime necesaria para la mejor resolución del expediente.

5. Resolución. La Dirección del Instituto Navarro de Bienestar Social designará a tres personas adscritas a la Sección de Atención Primaria y a la Sección de Organización y Documentación como las componentes del órgano colegiado competente para realizar la propuesta de resolución. La Dirección del Instituto navarro de Bienestar Social dictará resolución de concesión o denegación sobre las solicitudes recibidas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la terminación del plazo para la presentación de solicitudes. Dichas resoluciones serán susceptibles de recurso ordinario ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día de la notificación.

6. Criterios. Se establecen los siguientes criterios de valoración:

a) Utilización del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales por el Servicio Social de Base correspondiente.

b) Dotación de equipos informáticos con que cuenta el Servicio Social de Base que hayan sido adquiridos por la Entidad Local.

c) Número de profesionales que componen el equipo del Servicio Social de Base.

d) La prestación, en más de una localidad de las que forman la Zona Básica, de un servicio de atención directa de manera programada mediante cita previa, en todas las solicitudes de la subvención, siendo de especial interés en la solicitud de ordenadores portátiles.

e) Consignación Presupuestaria en el Instituto Navarro de Bienestar Social.

7. Cuantías. Se subvencionará hasta el 85% del coste de adquisición de un ordenador por puesto de trabajo relacionado con el SIUSS, dependiendo de la consignación presupuestaria y teniendo como tope máximo un precio de compra de 1.405 euros para un ordenador de sobremesa y 1.916 euros para un portátil.

Asimismo, se subvencionará hasta el 85% la compra de impresora y licencia de software dependiendo de la consignación presupuestaria y teniendo como tope máximo un precio de compra de 300 euros para una impresora y 500 euros para una licencia de software. También se subvencionará la instalación de tarjeta de red para interconexión de los equipos hasta el 85% la compra de cada tarjeta de red no pudiendo superar el precio de compra de 30 euros para un ordenador de sobremesa y 80 euros para un ordenador portátil.

8. Forma de Pago. El abono de las subvenciones concedidas se efectuará de la siguiente manera:

a) En el momento de la Resolución de la solicitud para aquellas entidades locales que hayan efectuado el gasto con anterioridad, esté dentro de los plazos señalados en la convocatoria y haya sido debidamente justificado en el momento de la solicitud.

b) A la recepción de los justificantes de adquisición del material solicitado y el importe de dicha compra para aquellas entidades que efectúen el gasto con posterioridad a la solicitud.

9. Justificantes. Para efectuar el pago de la subvención es necesario de todos los justificantes mediante:

-Presentación de facturas de todos los elementos para los que se haya concedido subvención, las características técnicas del material adquirido y certificado por la empresa proveedora, según Anexo Y.

-Dirección de correo electrónico habilitada para el Servicio Social de Base.

La percepción de estas subvenciones es incompatible con cualquier otra que pudiera ser concedida por el mismo concepto, sea cual sea su procedencia.

10. Partida presupuestaria. El gasto correspondiente se hará con cargo a la Partida 924003 93300 7600 313402 de equipamientos menores en Servicios Sociales del presupuesto para 2001 prorrogado para el 2002 cuyo crédito asciende a 32.939,44 euros. Dicha cuantía podrá incrementarse si existiese disponibilidad presupuestaria por cuantía superior en el momento de proceder a la resolución de la convocatoria.

11. Plazo de solicitud. El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Contra la presente Convocatoria y sus actos de ejecución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En todo lo no previsto en la presente Convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Pamplona, diez y siete de mayo de dos mil dos.-El Director Gerente, José María Jiménez Bolea.

ANEXO I

-Características técnicas del equipo de sobremesa.

-Características técnicas del equipo portátil.

-Características técnicas de impresoras.

-Licencias de software:

a) Sistema operativo Windows 98 o versión posterior.

b) Office profesional.

c) Acceso a Internet y correo electrónico.

d) Tarjetas de red.

Estación básica (sobremesa):

Ordenador personal dotado con el siguiente equipamiento:

1.-CPU:

-Procesador: Pentium III a 1000 MHz o superior.

-Arquitectura: PCI.

-Bus de entrada/salida: PCI, ISA. Siempre con posibilidad de ampliación a PCI.

-Bus local: PCI.

-Memoria Caché N1: 32 kb.

-Memoria Caché N2: 512 kb.

-Memoria en placa base: (RAM) 128 Mb mínimo, ampliable a 384 Mb con un mínimo de 1 zócalo libre.

-Video: Bus local PCI SVGA 32 bits, con 2 mb DRAM mínimo.

-Número de bahías: Con un mínimo de 2 disponibles, independiente de lo básico. Se detallará el número total de bahías que dispone la máquina ofertada así como las que se ofertan ocupadas.

-Número de slots: Con un mínimo de 3 disponibles. Independiente de lo básico y al menos dos de ellos PCI.

-Número de puertas serie: De alta velocidad norma UART 16550, con un mínimo de 2 disponibles.

-Número de puertas paralelo con soporte ECP-EPP con un mínimo de 1 disponible. Salida de ratón, salida de teclado.

Se especificarán todos aquellos puertos de los que disponga la máquina ofertada.

2.-Monitor: color, tipo SVGA. Tamaño mínimo de 15 pulgadas, Multifrecuencia, resolución 800x60, refresco 72 Hz. Número de colores 256.

3.-Unidades de almacenamiento.

-Controladora: Bus PCI, disco fijo IDE ampliado.

-Capacidad de disco duro: mínimo 4 Gb. Tiempo medio de acceso a disco duro menor que 14 ms.

-Disquetera interna: capacidad mínima 1,44 Mb y capaz de leer los de baja densidad.

-Lector de CD-ROM 24x o Lector DVD (opcional).

4.-Periféricos: Ratón, teclado español ampliado.

5.-Configuración: Indistinta torre/sobremesa.

6.-Software: Windows 98 o superior. Office 97 Profesional o superior y antivirus Panda.

7.-Tarjeta de red: Sobremesa y portátil.

8.-Licencia de uso: Incluirá licencia de uso de Windows 98 o superior, licencia de Panda Antivirus y licencia Office 97.

9.-Adaptadores: Tener en cuenta la existencia o posible instalación de una red local.

Notas: Sería recomendable disponer asimismo de una impresora y de un módem (mínimo 33,6 Kb) externo o interno para la utilización de correo electrónico, acceso a internet,...

Estación básica (portátil):

1.-CPU:

-Procesador: Pentium II a 500 MHz o superior.

-Arquitectura: Isa.

-Memoria en placa base: (RAM) 128 Mb mínimo, ampliable a 256 Mb como mínimo.

-Video: SVGA 32 bits, con 1 mb DRAM mínimo.

-Número de slots PCMCIA: 2 tipo II convertible en 1 tipo III.

-Número de puertas serie: Minimo 1 RS-232 de alta velocidad 9 pines.

-Número de puertas paralelo mínimo de 1 tipo centronics bidireccional.

-Salida para ratón externo y salida para teclado externo.

2.-Monitor: Pantalla color TFT, con una diagonal de al menos 12,1 pulgadas, resolución mínima VGA de 640x480.

3.-Batería: Duración mínima de 2 horas trabajando con windows y sin activar rutinas de ahorro de energía. El sistema debe incorporar rutinas para la conservación de energía y debe poder recargarse mientras se trabaja en él.

4.-Unidades de almacenamiento.

-Disquetera interna: De 1,44 Mb.

-Unidad de disco duro interna mínimo 3 Gb.

-Lector de CD-ROM interno velocidad 24x (opcional).

-Número de bahías: Al menos dos libres.

-Número de slots: Al menos 2 libres.

5.-PCMCIA Comunicaciones analógica (en caso de necesidad de conexión a la red telefónica).

6.-Software precargado: Windows 98 o superior, utilidades de configuración, gestión de PCMCIA y control de batería.

7.-Licencia de uso: Incluirá licencia de uso de Windows 98 o superior, licencia de Panda Antivirus y licencia Office 97.

Impresora:

Impresora de chorro de tinta o láser.

Modem:

Modem interno o externo; velocidad de transferencia mínima de 33,6 kb.

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