BOLETÍN Nº 74 - 19 de junio de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. Resolución de expedientes sancionadores.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la resolución de los expedientes sancionadores que se relacionan, se procede por el presente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

"RESOLUCION sancionadora número 1172/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0402/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2066-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 01/02/2002 por no presentar a la inspección los discos-diagrama correspondientes a las días 9 y 10 de octubre de 2001 del vehículo NA 5105 BC, faltando por justificar 1147 kilómetros.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1173/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0403/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2065-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 01/02/2002 por no presentar a la inspección el disco diagrama correspondiente al día 28 de octubre de 2001 del vehículo matrícula NA-0319-AZ, faltando de justificar 785 kilómetros.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1174/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0404/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2067-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 01/02/2002 por no presentar a la inspección los discos-diagrama correspondientes a los días 7, 8 y 9 de octubre de 2001 del vehículo matrícula NA-5104-BC, faltando de justificar 1471 kilómetros. Faltan asimismo los discos de los días 12, 13 y 14 de octubre de 2001 con 1178 kilómetros.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1175/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0405/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2068-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 04/02/2002 por no presentar a requerimiento de la inspección los discos diagrama correspondientes a los días 3, 10, 11, 16, 17 y 18 de octubre de 2001 del vehículo matrícula NA-3136-AZ. Faltando por justificar 260, 100, 200, 120, 190 y 160 kilómetros respectivamente.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1176/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0406/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2069-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 04/02/2001 por no presentar a la inspección los discos diagrama correspondientes a los días 15 y 25 de octubre de 2001 del vehículo matrícula NA-5171-BC, faltando por justificar 50 y 697 kilómetros respectivamente.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1177/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0407/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2070-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 04/02/2002 por no presentar a la inspección el disco diagrama correspondiente al día 18 de octubre de 2001 del vehículo matrícula NA-5170-BC, faltando de justificar 70 kilómetros.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1178/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0408/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2071-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 04/02/2002 por no presentar a solicitud de la inspección los discos diagramas correspondientes a los días 2, 5 y 15 de octubre de 2001 del vehículo matrícula NA 7020 AS, faltando de justificar 200, 150 y 40 kilómetros respectivamente.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1179/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0409/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2072-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 04/02/2002 por no presentar a solicitud de la inspección los discos diagramas correspondientes a los días 18, 23 y 25 de octubre de 2001 del vehículo matrícula NA 3719 AV, faltando de justificar 460, 76 y 20 kilómetros respectivamente.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1180/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0410/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2064-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 31/01/2002 por minorar el conductor don A. Montalbo el descanso diario ininterrumpido a 2 horas 50 minutos. Hecho constatado en disco diagrama de 15 de octubre de 2001.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1181/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0411/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2063-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 31/01/2002 por minorar el conductor don A. Montalbo el descanso diario ininterrumpido a 3 horas 15 minutos. Hecho constatado en disco diagrama de 8 de octubre de 2001.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1182/2002, de 23 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0412/02 a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2062-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 31/01/2002 por minorar el conductor don Francisco Cárdenas el descanso diario ininterrumpido a 3 horas 45 minutos. Hecho constatado en discos-diagrama de 17 y 18 de octubre de 2001.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Frigoríficos Shanti, S.L. con D.N.I. B31626120, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintitrés de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1223/2002, de 24 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0453/02 a Osoro Aguirregomezcorta, Andrés con D.N.I. 15273916F.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 212820 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 12/12/2001 al vehículo matrícula SS-6962-AH en el kilómetro 123,300 de la carretera A-15, por realizar transporte de bancadas de hierro, desde Pamplona hasta Iraeta (Guipúzcoa), careciendo de autorización de transportes.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Osoro Aguirregomezcorta, Andrés con D.N.I. 15273916F, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veinticuatro de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1299/2002, de 25 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0489/02 a Derivados Euskadi, S.L. con D.N.I. B31701196.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 216808 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 01/02/2002 al vehículo matrícula NA-8003-AP en el kilómetro 30,000 de la carretera A-15, por qebrantar la inmovilización del vehículo reseñado, impuesta con fecha 26-01-02 a las 5:45 horas por carecer de tarjeta de transporte (expediente número 217.851). Dicha inmovilización quedo reflejada en el libro de registro de inmovilizaciones que consta en la Central de Tráfico de la Guardia Civil. No avisando titular ni conductor para retirar el vehículo.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Derivados Euskadi, S.L. con D.N.I. B31701196, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veinticinco de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1335/2002, de 25 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0498/02 a Transtelleria, S.L. con D.N.I. B20633244.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 218747 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 01/03/2002 al vehículo matrícula SS-8887-BJ en el kilómetro 1,700 de la carretera NA-160, por circular transportando un molde de 20 Tm. de peso, en condiciones que pueden afectar a la seguridad de las personas, por entrañar peligro grave y directo para las mismas, al no cuidad de la adecuada estiba de la carga, no llevándola sujeta con siergas u otro sistema de retención, cayendo a la vía con consiguiente riesgo. Se tuvo que regular el tráfico para dar seguridad vial. Pieza retirada por Grúas Tudela.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transtelleria, S.L. con D.N.I. B20633244, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veinticinco de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

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