BOLETÍN Nº 68 - 5 de junio de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 57/2002, de 29 de mayo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifican la denominación y funciones del Negociado de Archivo Administrativo, del Servicio de Régimen Interior.

Analizado el contenido y alcance del actual Negociado de Archivo Administrativo, se pone de manifiesto la necesidad de acometer los cambios precisos para que responda plenamente a las funciones que, como área diferenciada, se vienen desempeñando en dicho Archivo. De este modo, se pretende acomodar el referenciado Negociado a la realidad actual, para lo que se precisa modificar su denominación, así como las funciones que le son propias.

El artículo 50-2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, determina que corresponde a los Consejeros la creación, modificación y supresión de los negociados de su respectivo Departamento.

Vista la propuesta del Servicio de Régimen Interior y el informe emitido en sentido favorable por la Dirección General de Organización y Sistemas de la Información, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 50-2 de la Ley Foral ya citada, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Modificar la denominación del Negociado de Archivo Administrativo, del Servicio de Régimen Interior, que pasa a denominarse "Negociado de Administración y Servicios".

2.º El Negociado de Administración y Servicios, de la Sección de Archivo Administrativo, tendrá atribuidas las siguientes funciones:

-Asistencia a la Sección de Archivo Administrativo en materia de Memorias, presupuestos y control de gastos y asuntos de personal.

-Elaboración y mantenimiento de la estadística relativa a todas las actividades del Archivo Administrativo.

-Atención telefónica, recepción, información y provisión de materiales necesarios para el correcto desarrollo de los servicios ofrecidos por el Archivo Administrativo.

-Gestión del espacio de archivo en las salas de depósito, y movimiento de fondos para las distintas actividades del Archivo Administrativo.

-Control y supervisión de accesos y mantenimiento del edificio de Archivo.

-Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Sección de Archivo Administrativo.

3.º La presente Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintinueve de mayo de dos mil dos.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.

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