BOLETÍN Nº 65 - 29 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 794/2002, de 9 de mayo, del Director General de Salud, por la que se crea el Grupo Técnico de Trabajo para la elaboración de un proyecto de creación y funcionamiento de una Unidad de Daño Cerebral y Daño Medular del Sistema Sanitario Público de Navarra.

El Plan de Salud de Navarra 2001-2005, contempla en sus áreas de intervención el abordaje de las enfermedades cardio-cerebro-vasculares, las neurodegenerativas y la accidentabilidad como prioridades del Sistema Sanitario.

Estas enfermedades son las que con mayor frecuencia ocasionan daño neurológico con secuelas rehabilitables. En este sentido es preciso significar que los diagnósticos neurológicos más frecuentes que desembocan en pacientes con secuelas rehabilitables son los traumatismos craneoencefálicos y medulares, los accidentes cerebro-vasculares, la anoxia cerebral por parada cardiaca, las infecciones y las secuelas de tumores.

La rehabilitación de estas secuelas es un objetivo que plantea el Plan de Salud como elemento esencial para garantizar la continuidad de los cuidados.

Por otra parte, la Clínica Ubarmin constituye en el momento actual el centro del Sistema Sanitario Público en el que debe centralizarse este tipo de atención dada la experiencia existente en el manejo del enfermo con daño neurológico y en la aplicación de las técnicas rehabilitadoras, teniendo en cuenta la demanda creciente de este tipo de atención.

En consecuencia se hace preciso disponer de una Unidad de referencia así como de los protocolos adecuados para el manejo de este tipo de pacientes con secuelas neurológicas rehabilitables.

Con la finalidad de abordar el referido proyecto y, en virtud de las atribuciones conferidas por Orden Foral 229/99, de 6 de septiembre, del Consejero de Salud,

RESUELVO:

1.º Constituir el Grupo Técnico de Trabajo que tendrá como objetivo la elaboración de un proyecto de puesta en marcha de una Unidad de Daño Cerebral y Daño Medular de la Clínica Ubarmin, como unidad de referencia del Sistema Sanitario Público de Navarra.

2.º El Grupo Técnico de Trabajo estará integrado inicialmente por los siguientes profesionales:

Don Fernando Boneta Beorlegui.

Don Santiago Martínez Gorostiaga.

Don Javier Tirapu Ustárroz.

Doña Juana Urra Mariñelarena.

Don Tomás Izco Cabezón.

Doña Gurutxe Galán García.

Doña Marifé Idoate Cervantes.

El Grupo Técnico de Trabajo podrá incorporar a otros expertos en función de las necesidades que puedan establecerse conforme avancen los trabajos encomendados.

3.º Serán funciones del Grupo Técnico de Trabajo la elaboración de un proyecto de organización, puesta en marcha y funcionamiento de una Unidad de Daño Cerebral y Daño Medular en el Sistema Sanitario Público de Navarra y a ubicar en la Clínica Ubarmin.

De igual modo podrá elaborar propuestas de mejora en el manejo de daño neurológico con secuelas rehabilitables en los distintos niveles y dispositivos del Sistema Sanitario.

4.º Los trabajos del grupo deberán concluir antes del 30 de junio de 2002, con un proyecto concreto presentado al Departamento de Salud.

5.º Notificar esta Resolución a los interesados y ordenar su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a nueve de mayo de dos mil dos.-El Director General del Departamento de Salud, Juan Ramón Rábade Iráizoz.

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