BOLETÍN Nº 65 - 29 de mayo de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

ALTSASU/ALSASUA

Resolución de alcaldía 29/2002

El artículo 161.1 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo establece que el Proyecto de reparcelación en el sistema de Compensación se tramitará siguiendo las mismas reglas previstas para la aprobación de los Estatutos.

El artículo 156 de la misma Ley Foral dispone que en el plazo de tres meses desde su presentación en el Ayuntamiento acordará la aprobación inicial del Proyecto de Estatutos (en este caso de reparcelación) y su sometimiento a información pública por plazo de quince días. El acto de aprobación inicial se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y se notificará individualizadamente a todos los propietarios registrales afectados, a efectos de audiencia por igual plazo desde la citación.

Por su parte el artículo 21.1 de la Ley de Bases de Régimen Local establece como competencia de la Alcaldía, la aprobación de los Proyectos de Reparcelación.

Por cuanto antecede, resuelvo:

Primero.-Aprobar inicialmente el Proyecto de Reparcelación de la UO-25 presentado por la Junta de Compensación de dicha unidad de ejecución.

Segundo.-Someter dicha aprobación a información pública por el plazo de quince días mediante anuncio que se insertará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de anuncios durante dicho período quedará el expediente en la Secretaría del Ayuntamiento a disposición de cualquiera que quiera examinarlo y formular las alegaciones pertinentes.

Tercero.-Notificar individualmente a todos los propietarios registrales afectados a efectos de audiencia por igual plazo desde la citación.

Altsasu/Alsasua, a ocho de mayo de dos mil dos. La Alcaldesa Accidental, Arantza Bengoetxea.

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