BOLETÍN Nº 65 - 29 de mayo de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

S A N G Ü E S A

Modificación Puntual del Plan Municipal. Artículo 41 de la Normativa Urbanística Particular

El Pleno del Ayuntamiento de Sangüesa, en sesión de fecha 25 de abril de 2002, adoptó el acuerdo cuyo parte dispositiva se transcribe a continuación:

1.-Aprobar inicialmente la modificación puntual del Plan Municipal de Sangüesa, promovida por este Ayuntamiento y que tiene el siguiente contenido:

-Modificación del artículo 41 de la Normativa Urbanística Particular, que regula las condiciones generales de las edificaciones en suelo no urbanizable. Se modifica únicamente el último párrafo, que en su nueva redacción establece lo siguiente:

"-Las construcciones en general, deberán asegurar el autoabastecimiento energético a través de tendidos eléctricos preferentemente aéreos".

2.-De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 125 -en relación con el 115- de la Ley Foral 10/1994, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, someter el expediente a información pública durante un plazo de un mes, contado a partir de la publicación del edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los interesados presenten las alegaciones procedentes.

Sangüesa, a veintiséis de abril de dos mil dos. El Alcalde, José Daniel Plano Izaguirre.

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