BOLETÍN Nº 64 - 27 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

RESOLUCION 443/2002, de 7 de mayo, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se modifica el Pliego de bases de la concesión de transporte público regular permanente de viajeros de uso general entre Uztárroz y Pamplona.

Por Orden Foral 39/1990, de 12 de febrero, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 35, de 21 de marzo), se aprobó definitivamente el Pliego de bases que regula la concesión de transporte público regular permanente de viajeros de uso general entre Uztárroz y Pamplona (expediente número 6) y se adjudicó a la empresa La Tafallesa, S.A.

Visto el informe del Servicio de Transportes en el que se propone el levantamiento provisional de la prohibición de tráfico entre Pamplona y Sangüesa existente en la concesión, de modo que se mejore el servicio que se presta a los ciudadanos de las citadas localidades.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, en virtud de las competencias que este Departamento tiene conferidas por el Decreto Foral 150/1984, de 27 de junio, y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Modificar provisionalmente el Pliego de bases que regula la concesión de transporte público regular permanente de viajeros de uso general entre Uztárroz y Pamplona, adjudicada a la empresa La Tafallesa, S.A., en el sentido de levantar la prohibición de tráfico existente entre Pamplona y Sangüesa para el servicio que se presta a las 5 de la tarde, con salida en la estación de autobuses de Pamplona.

Segundo.-Señalar que esta modificación tendrá validez en tanto en cuanto la empresa La Veloz Sangüesina, concesionaria del servicio regular de transporte de viajeros entre Pamplona y Sangüesa no solicite prestar directamente el servicio en esa franja horaria.

Tercero.-Fijar para la prestación de servicio entre Pamplona y Sangüesa señalada en el punto primero, una tarifa de 2,81 euros.

Cuarto.-Disponer la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Quinto.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes y a las empresas La Tafallesa y La Veloz Sangüesina.

Pamplona, siete de mayo de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea.

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