III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
I B A R G O I T I
Tipos de gravamen para el año 2002
El Pleno del Ayuntamiento de Ibargoiti, en sesión celebrada el día 10 de enero de 2002, adoptó el siguiente acuerdo:
Visto el expediente correspondiente a los tipos impositivos y las tasas para el año 2002, así como las Ordenanzas Fiscales mediante las cuales se imponen y ordenan éstas últimas.
Considerando lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra y el artículo 325 y siguientes de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, el Pleno acuerda:
I.-Fijación del tipo de gravamen para los siguientes impuestos:
a) Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:
1. Coste real y efectivo hasta 150.000 euros: 2,5 por ciento.
2. Coste real y efectivo desde 150.001 hasta 240.000 euros: 3,75 por ciento.
3. Coste real y efectivo de más de euros 240.000: 5 por ciento.
b) Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana:
1. Porcentajes anuales de incremento: 2,2 por ciento para todos los períodos.
2. Escala de gravamen: 8 por ciento.
c) Contribución territorial:
1. Urbana: 0,115 por ciento.
2. Rústica: 0,265 por ciento.
II.-Fijación de las siguientes tasas:
a) Recogida de basuras: 55 euros por vivienda y 110 euros por local.
Tasa por aprovechamientos especiales de suelo, vuelo y subsuelo por empresas explotadoras de servicios públicos de suministros: 1,5 por ciento sobre ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en el término municipal de Ibargoiti.
El expediente se somete a información pública durante treinta días, a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los vecinos e interesados legítimos puedan examinarlo y formular las reclamaciones que estimen convenientes.
Ibargoiti, once de enero de dos mil dos. El Alcalde, José Javier Eslava Armendáriz.
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