III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
A N S O A I N
E D I C T O
El Ayuntamiento de Ansoáin, en sesión Plenaria celebrada el día 28 de noviembre de 2001, acordó establecer, con efectos de 1.º de enero del año 2002, los siguientes tipos de gravamen y recargos en los tributos que a continuación se relacionan:
Contribución Urbana. Tipo de gravamen: 0,27 por ciento.
Contribución Rústica. Tipo de gravamen: 0,80 por ciento.
Impuesto sobre Actividades Económicas: Establecer un índice de 1,4 sobre las cuotas mínimas del impuesto.
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Tipo de gravamen: 5 por ciento.
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: Se aplicarán los porcentajes anuales máximos previstos en los artículos 175.2 y 176.2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Ansoáin, a veintinueve de noviembre de dos mil uno. El Alcalde, Alfredo García López.
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