V. ADMINISTRACION DEL ESTADO
Delegación Especial de Navarra de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
E D I C T O
Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la relación que a continuación se inserta, no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la Administración Tributaria o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:
Se notifica al(los) deudor(es) conforme al artículo 103 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre), que no habiendo sido satisfecha la deuda de referencia, en el plazo de ingreso en período voluntario, en virtud de lo establecido en el artículo 127 de la Ley General Tributaria, el Jefe de la Dependencia de Recaudación, ha acordado:
En uso de las facultades que me confieren los artículos 100, 106 y 169 del Reglamento General de Recaudación, liquido el recargo de apremio por el 20 por ciento del importe de la deuda pendiente y dicto providencia de apremio para que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio o garantías del(los) deudor(es), en caso de no producirse el ingreso en los plazos señalados en el artículo 108 del citado Reglamento.
FECHA
DATOS DEL CONTRIBUYENTE C O N C E P T O CLAVE LIQUIDACIONIMPORTE PROVIDENCIA
APREMIO
08765674Y PERCEPCION INDEBIDA DE 1-5-00 A 31-5 M1501601310006149 647,18 07-11-2001
BAUTISTA CORDERO, FRANCISCO
AVENIDA TUDELA, 48-1.º C. - TAFALLA
X2551823L SANCION TRAFICO 310044722386 NA6359 K1610102081273411 360,61 15-02-2002
BOUZOURINE ABDENNOUR
TAFALLA, 4-4.º B. - ESTELLA
X2551823L SANCION TRAFICO 310044726215 NA2668B K1610102081276117 721,21 15-02-2002
BOUZOURINE ABDENNOUR
TAFALLA, 4-4.º B. - ESTELLA
29151567X SANCION TRAFICO 310044858582 NA0016A K1610101078646962 108,18 18-09-2001
CHAFEE TAHER, ABDERRAZAK
NUEVA, 5. - IRURTZUN
15795262N SANCION TRAFICO 310044895992 NA68770 K1610101078634356 180,30 18-09-2001
CHASCO AIZPUN, JOSE JAVIER
RIO URROBI, 9-3.º - PAMPLONA
52444321C SANCION TRAFICO 140401272375 NA5985A K1610101078393148 216,36 18-09-2001
CHIVITE CHIVITE, ARMANDO
CERVANTES, 11. - CINTRUENIGO
15811933P SANCION TRAFICO 310044705005 NA3142A K1610101078630748 72,12 18-09-2001
CHOCARRO PEREZ DE CIRIZA, JESUS
SANTA MARIA, 4-2.º I. - OBANOS
15799960H SANCION TRAFICO 370042445050 CARECE K1610102081591212 180,30 15-02-2002
GASTON CABRAL, ALVARO
PAULINO CABALLERO, 49. - PAMPLONA
15799960H SANCION TRAFICO 370042445073 CARECE K1610102081591234 721,21 15-02-2002
GASTON CABRAL, ALVARO
PAULINO CABALLERO, 49. - PAMPLONA
X2510012E SANCION TRAFICO 260042747586 NA1399A K1610102080799938 721,21 15-02-2002
KHATTAS MOHAMMED
MERCATONDOA, 27. - ESTELLA
33439607E SANCION ECONOMICA IS/S/02511/00 M2001201310006151 721,21 07-11-2001
TORREBADELLA LUNA, ALBERTO
CUESTA DE LA REINA, 3. - PAMPLONA
33425639S SANCION TRAFICO 090401844802 NA8064A K1610101078328611 144,24 18-09-2001
ZORAQUIAIN MARAÑON, RAMON
SAN JUAN BAUTISTA, 12. - BURLADA
72677565A SANCION TRAFICO 310044888446 NA7643 K1610101078632013 72,12 18-09-2001
ZUDAIRE ECHARRI, LUIS ANTONIO
TRAVESIA MENDIA, 1. - OTEIZA
33424082E SANCION TRAFICO 310045040490 BI8328B K1610101078622619 360,61 18-09-2001
ZURBANO AGUIRRE, JON
PASEO EZTEGARA, 6-2.º D. - BERA/VERA DE BIDASOA
B31250418 INFRACCION TTES. NA-2848-AT EXP.-GU0 C0700000190007481 721,21 09-11-2001
TRANSPORTES HERMANOS BARBARIN
MONASTERIO DE URDAX, 43-5.º - PAMPLONA
Recursos:
Recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la providencia de apremio, en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al del recibo de esta notificación o reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal competente de dicha jurisdicción, en el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos recursos.
Motivos de impugnación:
El procedimiento de apremio podrá impugnarse por los siguientes motivos (artículo 138.1 de la Ley General Tributaria y artículo 99.1 del Reglamento General de Recaudación).
-Pago o extinción de la deuda.
-Prescripción.
-Aplazamiento.
-Falta de notificación de la liquidación o anulación o suspensión de la misma.
-Defecto formal en el título expedido para la ejecución.
Suspensión del procedimiento:
El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre).
Solicitud de aplazamiento:
Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en período ejecutivo.
La presentación de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento se efectuará en la Delegación o Administraciones de la A.E.A.T. del territorio en que se deba efectuar el pago.
Lugar de pago:
En la entidad que presta el servicio de caja de la Delegación Administración de la A.E.A.T.
Intereses de demora:
Las cantidades adeudadas, excluido el recargo de apremio, devengaran intereses de demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda en período voluntario hasta la fecha de su ingreso. El tipo de interés se fijara de acuerdo con lo establecido en los artículos 58 de la Ley General Tributaria y 36 de la Ley General Presupuestaria, según se trate de deudas tributarias o no tributarias respectivamente.
Costas:
En caso de producirse costas en el procedimiento, la Administración repercutirá su importe al deudor, conforme a lo establecido en los artículos 153 y 157 del Reglamento General de Recaudación.
Plazos para efectuar el ingreso:
(Artículo 108 del Reglamento General de Recaudación).
a) Recibida la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.
b) Recibida la notificación entre los días 16 y ultimo de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.
Personación del interesado:
Se advierte al deudor que puede comparecer, por sí mismo o por medio de representante, en el expediente ejecutivo que se le sigue. Transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio, sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer.
Pamplona, siete de marzo de dos mil dos. El Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación, Pedro C. Jiménez Jiménez.
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