BOLETÍN Nº 57 - 10 de mayo de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

ZIZUR MAYOR

Aprobación definitiva de las Bases para la concesión de subvenciones a grupos, colectivos y asociaciones sin animo de lucro que desarrollen proyectos y actividades en el área de la Acción Social en Navarra

Habiendo quedado aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en la sesión celebrada el día 22 de marzo de 2002, el expediente relativo a las Bases para la concesión de subvenciones a grupos, colectivos y asociaciones sin animo de lucro que desarrollen proyectos y actividades en el área de la Acción Social en Navarra, se procede a la publicación de su contenido en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, tal y como señala la Ley.

Bases para la concesión de subvenciones a grupos, colectivos y asociaciones sin animo de lucro que desarrollen proyectos y actividades en el área de la Acción Social en Navarra

1.ª Objeto.

La presente Convocatoria tiene por objeto establecer el sistema de concesión de subvenciones a los grupos, entidades, colectivos y asociaciones sin ánimo de lucro.

Las subvenciones tendrán como finalidad apoyar programas que incidan en el desarrollo del bienestar social de los/as ciudadanos/as, a través de actividades de prevención, asistencia e incorporación social.

2.ª Requisitos.

Serán objeto de subvención los grupos, entidades, colectivos y asociaciones que:

-No tengan fines lucrativos.

-Desarrollen actividades de prevención, asistencia e incorporación social.

-Que desarrollen actividades en el propio municipio dirigidas a ciudadanos del mismo o que desarrollando su labor en Pamplona o la comarca, incorporen a sus actividades a vecinos de Zizur Mayor.

-Que se hallen debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra, en el Registro de Entidades Religiosas del Estado o en el Registro de Asociaciones de Zizur Mayor.

3.ª Plazo de presentación de solicitudes.

Los Proyectos se presentarán, debidamente cumplimentados, en el Registro General del Ayuntamiento de Zizur Mayor, durante los meses de enero y febrero de cada año.

4.ª Documentación a presentar.

Los proyectos presentados deberán reflejar los siguientes datos:

-Instancia general (solicitud oficial).

-Entidad solicitante.

-Título del proyecto o actividad a desarrollar.

-Fundamentación del proyecto o actividad.

-Objetivos que se persiguen con su desarrollo.

-Actividad/es concretas a desarrollar.

-Metodología a utilizar para su desarrollo.

-Recursos humanos, materiales y financieros con los que se cuenta para su puesta en práctica.

-Población a la que se dirige el proyecto especificando número de vecinos de Zizur Mayor o Cendea de Cizur.

-Lugar donde se va a realizar.

-Presupuesto detallado de cada una de las actividades que componen el proyecto, haciendo constar obligatoriamente los siguientes apartados:

-Presupuesto de gastos: Según actividades.

-Presupuesto de ingresos:

1.-Medios económicos que destina la entidad.

2.-Subvenciones a percibir por otros Organismos para el desarrollo del proyecto señalado cuantía y Organismo concreto.

3.-Subvención que se solicita al Ayuntamiento de Zizur Mayor.

4.-Número de cuenta y C.I.F. de la entidad a efectos de realizar la transferencia económica en caso de resolución favorable de la subvención.

5.-Certificado de banco o caja de ahorros en el que coste el número de cuenta corriente o libreta de ahorros.

5.ª Evaluación de las solicitudes.

La Comisión encargada de valorar y realizar la propuesta de concesión de las subvenciones será la Comisión de Servicios Ciudadanos del Ayuntamiento de Zizur Mayor. Esta Comisión podrá requerir a las asociaciones aquella información que estime oportuna, así como solicitar entrevista personal con cada una de ellas.

Asimismo, podrá solicitarse la incorporación de los técnicos que se considere preciso, para ayudar en el estudio y evaluación de los distintos proyectos que presenten.

La Comisión Evaluadora valorará para la concesión de las subvenciones los siguientes aspectos:

a) El interés social del Proyecto: Actuaciones en áreas de intervención no suficientemente cubiertas en la comarca de Pamplona; complementariedad respecto a las actuaciones municipales en Servicios Sociales.

b) Población beneficiaria: Número y características de los participantes especificando número de vecinos de Zizur Mayor o Cendea de Cizur.

c) Valoración técnica de la intervención de la entidad teniendo en cuenta experiencia, medios humanos, materiales, metodología, etcétera.

d) Las condiciones y posibilidades económicas de la entidad solicitante para el desarrollo del proyecto.

e) La continuidad de un proyecto de interés social.

f) La calidad técnica del proyecto presentado.

6.ª Resolución de las solicitudes.

La concesión de las subvenciones se efectuará mediante resolución aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor, el mes de abril, con cargo a la partida específica contemplada en los presupuestos correspondientes.

El Ayuntamiento de Zizur Mayor comunicará por escrito la resolución en la que se hará constar, en su caso, la cuantía a subvencionar. La resolución de las solicitudes presentadas se hará efectiva, en caso de concesión, de la siguiente manera: El 75 por ciento inicial al momento de la concesión, y el 25 por ciento en el último mes del año, previa justificación de la actividad.

7.ª Justificación de la subvención.

Los grupos, colectivos y asociaciones cuyos proyectos sean subvencionados por el Ayuntamiento de Zizur Mayor, se comprometen a presentar una memoria final de la ejecución del Proyecto subvencionado en el que se recogerán:

-Actividades realizadas.

-Balance económico, con justificantes acreditativos.

Zizur Mayor, a veintisiete de marzo de dos mil dos. El Alcalde, firma ilegible.

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